SAP Valladolid 314/2005, 29 de Septiembre de 2005

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2005:1135
Número de Recurso261/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución314/2005
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 314

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE JAIME SANZ CID

D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

En VALLADOLID, a veintinueve de Septiembre de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000878 /2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de VALLADOLID , a los que ha correspondido el Rollo 0000261 /2005, en los que aparece como parte apelante D. Constantino , representado por la Procuradora Dª. Eva Foronda Rodríguez y asistido por el Letrado D. Agustín Valverde Martín, y como apelados SECTOR LA PILARICA, S. L. e INMOBILIARIA URBIS, S. A., hoy FERROVIAL INMOBILIARIA, S. L., representadas por la Procuradora Dª. Laura Sánchez Herrera y asistidas por el Letrado D. Miguel Costales Portilla; D. Lorenzo , representado por la Procuradora Dª. Mar Abril Vega y asistido por el Letrado D. Víctor Rodríguez Llorente; COMUNIDAD HEREDITARIA DE María Luisa y Dª. Ángela , representadas por el Procurador D. Cristóbal Pardo Toron y asistidas por la Letrada Dª. Marta Rodríguez Valdesogo, sobre deslinde amojonamiento.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 30 de Diciembre de 2004, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador DOÑA LAURA SANCHEZ HERRERA, en nombre y representación de SECTOR LA PILARICA, S.L. contra DON Lorenzo , representado por el Procurador DOÑA MARÍA DEL MAR ABRIL VEGA, DON Constantino , representado por el Procurador DOÑA EVA MARÍA FORONDA RODRIGUEZ, DOÑA Ángela , representada por el Procurador DD2, y la Comunidad Hereditaria de DOÑA María Luisa , debo declarar y declaro que SECTOR LA PILARICA, S.L. e INMOBILIARIA URBIS son propietarias por mitad de la finca llamada del Pozo Artesiano, sita en laCarretera de Circunvalación, actualmente Avenida Juan Carlos I, número 148 (hoy 146), que tiene una superficie aproximada de veintidós hectáreas y cuarenta y ocho área y que linda al este con la finca propiedad de DON Lorenzo , DON Constantino y DOÑA Ángela ; dicha finca está inscrita en el Registro de la Propiedad número DOS de Valladolid al tomo NUM000 , libro NUM001 , folios NUM002 y NUM003 , finca NUM004 habiendo sido la mayor parte de esa finca sido calificada como urbana, siendo su referencia catastral NUM005 (finca NUM006 ), existiendo un error en los planos del catastro urbano al reflejar en la parte colindante como de propiedad de los demandados una porción de terreno de unos 4.200 meros cuadrados, la cual forma parte de la finca de los demandantes, en la forma y términos que se indican en los planos del catastro de rústica, condenando a los demandados a estar y pasar por la anterior declaración; se desestiman los restantes pedimentos contenidos en la demanda, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta...

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