SAP Burgos 1/2001, 2 de Enero de 2001

PonenteJUAN FRANCISCO SANCHO FRAILE
ECLIES:APBU:2001:1
Número de Recurso674/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1/2001
Fecha de Resolución 2 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 1.

En Burgos, a dos de Enero de dos mil uno.

VISTO, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala número 674 de 2.000, dimanante de los autos de juicio de cognición número 363/00, del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Burgos, sobre resolución de contrato de arrendamiento rústico, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 30 de Octubre de 2.000, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelante, Dª Magdalena , mayor de edad, vecina de Roa (Burgos), representada por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda y defendida por el Letrado D. José A. Fernández Barrio; y, como demandado-apelado, D. Andrés (allanado a la demanda), mayor de edad, vecino de Arcos de la Llana (Burgos), no comparecido en el presente recurso, por lo que se han seguido las diligencias en cuanto al mismo en los estrados del Tribunal. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SANCHO FRAILE, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda, en nombre y representación de Dª Magdalena , contra D. Andrés , debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a las partes respecto de las fincas rústicas descritas en el antecedente de hecho primero de esta resolución, debiendo el demandado dejar a la libre disposición de la actora las mencionadas fincas, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo establecido por la Ley. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la demandante se presentó escrito fundamentado interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos; acordando la remisión de autos a esta Sección de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia y se designó domicilio para oír notificaciones; señalándose para votación y fallo el día 27 de Diciembre pasado, en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte apelante impugna la sentencia de instancia en cuanto a la no imposición de las costas procesales al demandado allanado, al no aparecer en lo actuado datos que permitan apreciar mala fe en su actuación.El artículo 523, párrafo tercero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece como regla general, en caso de allanamiento a la demanda antes de...

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