SAP Burgos 397/2005, 26 de Septiembre de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER RUIZ FERREIRO
ECLIES:APBU:2005:867
Número de Recurso79/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución397/2005
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA: 00397/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio: SAN JUAN 2

Telf: 947274394

Fax: 947279452

Modelo: SENTENCIA

N.I.G.: 09059 38 1 2005 0300166

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000079 /2005

Juzgado procedencia: JDO.DE 1A.INSTANCIA N.1 de BURGOS

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000698 /2004

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.

Magistrados, D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, Presidente, Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR y D. FRANCISCO JAVIER RUIZ FERREIRO, ha dictado la

siguiente.

SENTENCIA Nº 397.

En Burgos, a veintiséis de septiembre de dos mil cinco.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 79 de 2.005, dimanante del juicio verbal número 698/04, del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Burgos , sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 28 de octubre de

2.004 , en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelante, la entidadmercantil "MUEBLES MORAL CAYUELA, S.A.", representada por la Procuradora Dª Natalia Marta Pérez Pereda y defendida por el Letrado D. Pedro Arregui Alonso; y, como demandada-apelada, la mercantil "CORPORACIÓN LOGÍSTICA PEÑACOBA, S.L.", representada por el Procurador D. José María Manero de Pereda y defendida por el Letrado D. J. Ignacio Sanz Emperador. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER RUIZ FERREIRO, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Desestimar la demanda formulada por "MUEBLES MORAL CAYUELA, S.A.", contra la "CORPORACIÓN LOGÍSTICA PEÑACOBA, S.L.", y, en su consecuencia, declarar no haber lugar a lo en ella pedido y absolver a la demandada de las pretensiones contra ella deducidas, imponiendo las costas a la parte demandante".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la entidad demandante se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 21 de marzo pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en cuanto se opongan a los de la presente resolución.

SEGUNDO

La sentencia de instancia desestima la pretensión articulada por la actora, planteada inicialmente por los cauces del proceso...

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