SAP Melilla 46/2005, 9 de Mayo de 2005

PonenteJOSE LUIS RUIZ MARTINEZ
ECLIES:APML:2005:147
Número de Recurso32/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución46/2005
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 46

En Melilla a 9 de Mayo de 2005.

Vistos por la Sala de esta Audiencia los autos de juicio ordinario nº274/03 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº uno de esta ciudad, en virtud de demanda formulada por D. David , representado por el Procurador D ª Cristina Cobreros Rico y asistido del Letrado D. Abdelkader Mimon Mohatar contra Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el letrado habilitado D. Vicente De Juan García, y contra D. Bruno por el procurador Dª. Concepción Suarez Moran y asistida del letrado D. Antonio Zapata Navarro, cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictado en autos; siendo Ponente para la redacción de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la resolución apelada.

SEGUNDO

En el proceso de referencia el día 30 de Junio de 2004, se dictó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguientes " Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora SRa. Cobreros Rico, en nombre y representación de David contra Consorcio de Compensación de Seguros y Bruno , debo absolver y absuelvo a los citados demandados de todos los pedimentos formulados de contrario. Con expresa condena en costas al actor".

TERCERO

Contra dicha resolución el Procurador D. Cristina Cobreros Rico en representación del demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, y previo traslado a las partes contraria, por el Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros se presento escrito de oposición; remitiendose los autos a esta Sala previo emplazamiento de las partes, habiéndose personado solamente la parte apelante.

CUARTO

Tras los trámites legales se señaló día y hora para la votación y fallo del presente recurso, que tuvo lugar el 27 de Abril de 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se comparten por la Sala los que en tal concepto contempla la sentencia apelada, en todo cuanto no se opongan, contradigan o desvirtúen los razonamientos jurídicos objeto de subsiguiente exposición:

Primero

Postula la dirección letrada recurrente como sustrato neurálgico de la impugnación dilucidada en la presente vía de alzada que la sentencia recaída en la alzada incurre en error en la acertada evaluación del acervo probatorio practicado en fase plenaria a cuyo tenor de dichos medios de prueba no puede deducirse que la culpa referida a su patrocinado adquiera la condición de única y exclusiva en la concreción del accidente, determinación que con arreglo a la tesis esgrimida al efecto por la susodicha representación causídica no fue objeto de una acreditación clara y evidente en el curso del procedimiento, en abierto contraste con la ausencia de una prueba plena que exonerase al conductor del vehículo de cualquier atisbo de culpa en la...

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