SAP Zaragoza 668/1999, 2 de Noviembre de 1999

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
Número de Recurso259/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución668/1999
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza

SENTENCIA NUMERO SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO

Ilmos. Señores:

Presidente

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En la Ciudad de Zaragoza a dos de noviembre de mil novecientos noventa y nueve

En nombre de S.M. el Rey

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 1999 por el Juzgado de Primera Instancia nº Catorce en autos de Juicio Ejecutivo seguidos con el número 603/98 de que dimana el presente rollo de apelación núm. 259/99 en el que han sido partes, apelante, la demandada DOÑA Eugenia representada por el Procurador Don. Fernando Gutierrez Andreu y dirigida por el Letrado Don Juan Camon Aguirre y apelada DOÑA Marisol, representada por la Procuradora Doña Carmen Ibañez Gómez y dirigida por la Letrada Doña Paula Duran Ros, siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON Javier Seoane Prado expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que desestimando los motivos de oposición planteados por la representación de DOÑA Eugenia, debo mandar y mando seguir adelante con la ejecución despachada contra sus bienes, hasta hacer trance y remate de los mismos, y con su producto entero y cumplido pago a la actora, DOÑA Marisol, de la cantidad de ochocientas setenta mil ciento cuarenta pesetas más los intereses del artículo 58.2 de la Ley Cambiaria , desde las fechas respectivas de vencimiento de las letras, más 31.674 ptas en concepto de gastos, y de las costas procesales causadas. Por la Procuradora Sra. Ibañez Gómez, se solicitó aclaración con respecto a la fecha de dicha Sentencia, aclarándose por Auto de 9 de marzo de 1999 , que la misma era 22 de febrero de 1999.

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandada se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, lección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, y personados en tiempo y formahábiles ambas partes, se siguió el trámite legal, señalándose, finalmente, para la celebración de la Vista el día 28 de octubre de 1999, en que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida y

PRIMERO

La actora ejercita la acción ejecutiva derivada de las cambiales que aporta tomo documentos nº 1, 3, 5 y 7.

La...

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