SAP Baleares 275/2004, 8 de Junio de 2004

PonenteMIGUEL ALVARO ARTOLA FERNANDEZ
ECLIES:APIB:2004:897
Número de Recurso43/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2004
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª

SENTENCIA nº 275/2004

En Palma de Mallorca, a ocho de junio de dos mil cuatro.

VISTOS en fase de apelación por los Ilmos. Sres. referidos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma, estando el número de autos y actual rollo de Sala consignados arriba, actuando como parte demandante -apelada Dº Santiago , y en su representación el/la Procurador/a de los Tribunales Dº/ª BEATRIZ FERRER MERCADAL, y defendida por el/la Letrado/a Dº/ª JOSÉ NADAL MIR, y como parte demandada -apelante Dº Carlos María

, y en su representación el/la Procurador/a de los Tribunales Dº/ª AUREA ABARQUERO BURGUERA, y defendida por el/la Letrado/a Dº/ª PEDRO-PABLO ACEITUNO GÓMEZ; ha sido dictada en esta segunda instancia la presente resolución judicial.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Álvaro Artola Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma en fecha 7 de octubre de 2003 en los presentes autos de juicio ordinario en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, seguidos con el número 386/02, de los que trae causa el presente rollo de apelación, decía en su Fallo:"Que estimo totalmente la demanda presentada por Santiago con Procuradora Dª BEATRIZ FERRER MERCADAL y Letrado Sr/a NADAL, y de otra como demandado Dº Carlos María con Procurador Dª AUREA ABARQUERO BURGUERA y Letrado Sr/a ACEITUNO y en consecuencia:

Primero

Debo condenar y condeno a Carlos María a que pague al actor la cantidad de cuatro mil ciento cincuenta y uno con sesenta y un euros más intereses de dicha cantidad desde la interposición de la demanda.

Segundo

Debo condenar y condeno a Carlos María a que abone al actor para su ingreso a la Autoridad Portuaria la cantidad de dos mil cuatrocientos treinta y cuatro con ochenta y cinco euros.

Tercero

Con expresa imposición de costas a la demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación en plazo y forma, el cual correspondió a esta Sección Cuarta en virtud de reparto efectuado por la Oficina correspondiente.

TERCERO

El referido recurso de apelación fue interpuesto por la representación procesal de la parte demandada, sin que fuera propuesta prueba en esta fase de apelación por ninguna de las partes del litigio , siguiéndose el recurso con arreglo a los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando el rollo de apelación concluso para dictar sentencia en esta alzada tras la aportación de los correspondientes escritos de parte, de apelación y de oposición a la apelación, cuyos argumentos serán objeto de resumen en el fundamento de derecho primero de la presente resolución.

CUARTO

En la tramitación antedicha se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

En la demanda instauradora del presente litigio, seguido por los trámites del juicio ordinario, el actor, Dº Santiago , ejercitaba frente a Dº Carlos María acción de reclamación de la suma de

4.151'61 euros (en fase de juicio se corrigió la inicialmente reclamada cifra de 5.533'94 euros) más intereses de dicha cantidad desde la interposición de la demanda, importe derivado de abonos realizados por el actor a la Autoridad Portuaria para el pago de tarifas, más la suma de 2.434'85 euros correspondientes a la partida pendiente de abono por parte del actor para su ingreso a la referida Autoridad y por el mismo concepto; todo ello al fundarse la demanda en una pretendida cesión -ocupando el actor la posición de cedente y el demandado de cesionario- del contrato de arrendamiento del yate denominado Velamar I, alquilado en su día por aquél a la entidad YATES NAVIERA VELAMAR S.A.

Opuesta la parte demandada a las pretensiones actoras negando la relación contractual y la efectiva tenencia del barco pretendidamente cedido, recayó se ntencia ante el Juzgado de Primera Instancia en la que, considerando acreditada en autos, en base a la prueba testifical de la parte actora y a las propias manifestaciones del hermano del demandado, que actuó como testigo de éste -quien admite que el demandado había comprado o realizado algún contrato respecto del dicho barco, y que, por lo tanto, había pasado a sus manos-, la versión de la parte demandante, por lo que el demandado estaría obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, estimó totalmente la demanda presentada por Dº Santiago , condenando a Dº Carlos María en los términos siguientes:

  1. Debo condenar y condeno a Dº Carlos María a que pague al actor la cantidad de cuatro mil ciento cincuenta y uno con sesenta y un euros más intereses de dicha cantidad desde la interposición de la demanda.

  2. Debo condenar y condeno a Dº Carlos María a que abone al actor, para su ingreso a la Autoridad...

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