SAP Barcelona, 28 de Enero de 2002
Ponente | JOSE LUIS BARRERA COGOLLOS |
ECLI | ES:APB:2002:912 |
Número de Recurso | 692/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
SENTENCIA N°
Recurso de apelación n° 692/99-B
Procedente del procedimiento n° 658/97 menor cuantía
Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia n° 36 de Barcelona
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DON
JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH y DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal,
ha visto el recurso de apelación n° 692/99 interpuesto contra la sentencia dictada el día 15 de junio
de 1999 en el procedimiento n° 658/97 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de
Barcelona, en el que es recurrente GESTION DE RECOBROS DE ACTIVOS, S.A., representado
por la Procuradora de los Tribunales DÑA. ELENA SORIA DE VILLALONGA y defendido por el
Letrado DON MIGUEL CIRAC MARIN, y apelado LAGUELLE, S.A. representados por el Procurador
DON JUAN RODES DURALL y defendidos por el Letrado DON RAFAEL GOMEZ DE
MEMBRILLERA y previa deliberación., pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
SENTENCIA
Barcelona, 28 de enero de dos mil dos
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "FALLO: Que desestimando integramente la demanda interpuesta por Doña Elena Soria de Villalonga, Procurador de los Tribunales y de GESTION DE RECOBROS DE ACTIVOS, S.A. contra S.A. ETABLIS SEMENTS LAGUELL, representada por el Procurador de los Tribunales Don Juan Rodés Durall, debo absolver y absuelvo libremente a la parte demandada de todos los pedimentos contenidos en la demanda, todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales."
Las partes que comparecieron en el acto de la vista del recurso de apelación, celebradaen el día y a la hora previamente fijados, formularon las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, según consta en el acta autorizada por la Secretaria Judicial que consta unido a los autos.
Fundamenta la decisión Tribunal el Magistrado Ponente D. JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS.
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