SAP Baleares 210/2006, 10 de Mayo de 2006

PonenteJAUME LLUIS RAIMON MASSANET MORAGUES
ECLIES:APIB:2006:1026
Número de Recurso166/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución210/2006
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

Resumen:

MATERIAS NO ESPECIFICADAS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00210/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL ILLES BALEARS

Sección Quinta

Rollo nº 166/2006

J Ordinario nº 95/2005

Juzgado 1ª Inst. nº 7 de Palma = SENTENCIA Nº 210 =

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Mariano Zaforteza Fortuny

MAGISTRADOS

D. Santiago Oliver Barceló

D. Jaume Massanet i Moragues

Palma, a diez de mayo de dos mil seis. --------------------------------------- VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de les Illes

Balears, en grado de apelación, los presentes autos, juicio ordinario, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Palma, bajo el nº 95/05 , Rollo de Sala nº 166/06, entre partes, de una como demandado - apelante don Adolfo , representado por la Procuradora Dª Mª Ana de España Rosselló y asistido por el Letrado D. José Mª Fernández Puerto; y de otra, como actora apelada la entidad Mutua General de Seguros, S.A, representada por la Procuradora Dª Marina Fullana Colom y asistida por el Letrado D. Antonio Barceló Ventayol.Es Magistrado PONENTE don Jaume Massanet i Moragues. = H E C H O S =

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Palma, en fecha 9 de noviembre de 2005, se dictó Sentencia , cuyo fallo dice así:

"Que estimando la demanda interpuesta por Mutua General de Seguros Sociedad Mutua a Prima Fija de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Sr. Fullana Colom y defendida por el Letrado Sr. Barceló Ventanyol, contra D. Adolfo , representado por el Procurador Sra. De España Roselló y defendido por el Letrado Sr. Fernández Puerto, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la suma de dieciocho mil treinta y dos euros con cincuenta y tres céntimos de euros (18.032'53), más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda. Todo ello, con expresa condena en costas a la demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y previa su preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada don Adolfo , mediante escrito motivado presentado en tiempo y forma, del cual se dio traslado al otro litigante, la actora la Mutua General de Seguros, S.A., que presentó su escrito de oposición al recurso; y seguido el procedimiento por sus trámites, se elevaron los autos a este Tribunal que señaló para deliberación, votación y fallo por la Sala el día 9 de mayo del corriente año, que por turno le correspondió; quedando el presente Rollo concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales. =

FUNDAMENTOS DE DERECHO =

Se aceptan los de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

Se ejercita por la parte actora la Mutua General de Seguros, S.A., acción personal de repetición que concede el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación de Vehículos a Motor, en su redacción dada por la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (hoy sustituido por el R D Legislativo 8/2004, de 29 octubre , BOE...

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