SAP Baleares 210/2006, 10 de Mayo de 2006
Ponente | JAUME LLUIS RAIMON MASSANET MORAGUES |
ECLI | ES:APIB:2006:1026 |
Número de Recurso | 166/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 210/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª |
Resumen:
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00210/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL ILLES BALEARS
Sección Quinta
Rollo nº 166/2006
J Ordinario nº 95/2005
Juzgado 1ª Inst. nº 7 de Palma = SENTENCIA Nº 210 =
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE
D. Mariano Zaforteza Fortuny
MAGISTRADOS
D. Santiago Oliver Barceló
D. Jaume Massanet i Moragues
Palma, a diez de mayo de dos mil seis. --------------------------------------- VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de les Illes
Balears, en grado de apelación, los presentes autos, juicio ordinario, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Palma, bajo el nº 95/05 , Rollo de Sala nº 166/06, entre partes, de una como demandado - apelante don Adolfo , representado por la Procuradora Dª Mª Ana de España Rosselló y asistido por el Letrado D. José Mª Fernández Puerto; y de otra, como actora apelada la entidad Mutua General de Seguros, S.A, representada por la Procuradora Dª Marina Fullana Colom y asistida por el Letrado D. Antonio Barceló Ventayol.Es Magistrado PONENTE don Jaume Massanet i Moragues. = H E C H O S =
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Palma, en fecha 9 de noviembre de 2005, se dictó Sentencia , cuyo fallo dice así:
"Que estimando la demanda interpuesta por Mutua General de Seguros Sociedad Mutua a Prima Fija de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Sr. Fullana Colom y defendida por el Letrado Sr. Barceló Ventanyol, contra D. Adolfo , representado por el Procurador Sra. De España Roselló y defendido por el Letrado Sr. Fernández Puerto, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la suma de dieciocho mil treinta y dos euros con cincuenta y tres céntimos de euros (18.032'53), más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda. Todo ello, con expresa condena en costas a la demandada".
Contra la anterior sentencia y previa su preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada don Adolfo , mediante escrito motivado presentado en tiempo y forma, del cual se dio traslado al otro litigante, la actora la Mutua General de Seguros, S.A., que presentó su escrito de oposición al recurso; y seguido el procedimiento por sus trámites, se elevaron los autos a este Tribunal que señaló para deliberación, votación y fallo por la Sala el día 9 de mayo del corriente año, que por turno le correspondió; quedando el presente Rollo concluso para sentencia.
En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales. =
FUNDAMENTOS DE DERECHO =
Se aceptan los de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen
Se ejercita por la parte actora la Mutua General de Seguros, S.A., acción personal de repetición que concede el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación de Vehículos a Motor, en su redacción dada por la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (hoy sustituido por el R D Legislativo 8/2004, de 29 octubre , BOE...
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