SAP Barcelona, 25 de Julio de 2000

PonenteROSER BACH FABREGO
ECLIES:APB:2000:9934
Número de Recurso276/2000
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución25 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

SENTENCIA Núm.

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de julio de dos mil.

VISTO, en grado de apelación, por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial Dª Roser Bach Fabrego, el Juicio de Faltas seguido bajo el número 274/1999 por el Juzgado Instrucción 1 Cerdanyola del Vallés , por una falta de Lesiones, en el que fueron partes Valentina , Amelia , ZURICH S.A., Felipe y MAAF S.A. y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por MAAF, S.A. CIA DE SEGUROS contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4 de mayo de 2000 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Felipe como autor de una falta de lesiones imprudentes a la pena de veinte días multa a razón de doscientas pesetas de cuota diaria así como a indemnizar a D. Luis Antonio la suma de 45.500, más el valor venal del vehículo marca Renault 19 siniestrado. A indemnizar a Dª. Valentina en la suma de 630.735 pesetas. A Dª Amelia en la suma de 136.500 pesetas. Declarar responsable civil directo en las sumas indicadas en el primer apartado de esta Sentencia a D. Felipe y a la entidad Maaf, sumas que se incrementarán para la citada entidad con el interés legal del dinero incremenado en un 50%".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por MAAF, S.A. CIA DE SEGUROS y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la entidad CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS MAAF, S.A. declarada responsable civil directa en la sentencia dictada en el juicio de faltas anteriormente indicado, impugnando el pronunciamiento condenatorio que en la misma se contiene.Debe significarse con carácter, previo que no habiéndose interpuesto por el denunciado recurso de apelación contra la sentencia que le condena como autor de una falta de imprudencia, y, estando por tanto conforme con la indicada...

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