SAP Barcelona, 18 de Febrero de 2003

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:2003:1550
Número de Recurso459/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de febrero de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Desahucio por precario, número 143/00, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Martorell, a instancia de Don Marco Antonio , representado por el Procurador Don Carles Ferreres Vidal, contra Don Esteban , en situación procesal de rebeldía, y Doña Carla , asistida por el Letrado Don Marc Ubeda Sales, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de octubre de 2001 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimant íntegrament la demanda formulada per la representació procesal d' Marco Antonio -que actúa en representació d' Fernando -, contra Esteban en situació processal de rebel.lia, i contra Carla , sobre desnonament per precari, condemno als esmentats demandats a que una vegada sigui ferma aquesta senténcia, desallotgin dins el termini legal, l'habitatge ubicat a Olesa de Montserrat, c/ CALLE000 n. NUM000 , NUM001 , i tot aixó amb expresa imposició en matérica de costes a les parts demandades."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada comparecida mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó mediante escrito de fecha 21 de marzo de 2002; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 11 de febrero de 2003.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado Doña AMPARO RIERA FIOL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, en su calidad de representante del propietario de la vivienda sita en la CALLE000 , n° NUM000 , NUM001 , de Olesa de Montserrat, ejercita acción de desahucio por precario contra Don Esteban y Doña Carla , ocupantes de la misma. Como antecedentes debemos destacar que el Sr. Marco Antonio manifiesta al absolver la posición sexta, que en su día prestó dinero a los demandados ante las dificultades que tenían para hacer frente a determinados créditos bancarios y ellos le autorizaron a poner a la venta la vivienda litigiosa, y al absolver la posición séptima, indica que el día de la venta liquidaron cantidades y cuadraron números; lo cual se desprende, asimismo, del testimonio de las actuaciones practicadas en la causa penal iniciada mediante la querella que por delito de estafa presentó la demanda Sra. Carla , y que ha sido archivada al considerarse que no concurrían los requisitos configuradores de...

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