SAP Barcelona 471/2008, 22 de Septiembre de 2008
Ponente | VICENTE CONCA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2008:8511 |
Número de Recurso | 113/2008 |
Número de Resolución | 471/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 471/2008
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PEREZ
Dª AMPARO RIERA FIOL
Dª MIREIA RIOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a veintidos de septiembre de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario número 299/04 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vilanova i la Geltru, a instancia de D. Romeo y Asunción , contra WINTHERTUR SEGUROS GENERALES; ESTAVIDA DE SEGUROS REASEGUROS SA y SEGURCAIXA SA SEGUROS Y REASEGUROS ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de julio de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima la demanda presentada por el Procurador D. Alberto Löpez Jurado, en nombre y representación de Dª Asunción y D. Romeo , y en consecuencia, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a las entidades WINTERTHUR, SEGUR CAIXA y ESTALVIDA, de las pretensiones contra ellas dirigidas, con expresa imposición de las costas causadas a los actores".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .
Se señaló para votación y fallo el día 18 de septiembre de 2008.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICENTE CONCA PEREZ.
Los actores, Dª Asunción y D. Romeo , viuda e hijo respectivamente de D. Adolfo , ejercitan acción frente a las aseguradoras Winterthur SA, Segurcaixa SA y Estalvida de Seguros y Reaseguros SA en reclamación, respectivamente de 7.212,15 €, 9.015,18 € y 7.212,14 € como consecuencia de los hechos a que seguidamente nos referimos. Dice la actora que D. Adolfo sufrió un accidente en la madrugada del día 19 de diciembre de 2001 muriendo intoxicado por emanaciones de monóxido de carbono procedentes de un grupo electrógeno que estaba funcionando en el interior de la furgoneta matrícula T-7667-X, cuyas puertas estaban cerradas y sellados parte de los conductos de ventilación de la misma. Indica la parte actora que, como consecuencia del frío intenso que hacía esos días en la zona, sin duda el fallecido encendió el grupo electrógeno, a fin de calentarse, ya que no funcionaba el sistema de calefacción del vehículo (y por eso tenía sellados los conductos de ventilación). Señala, finalmente, la actora, que el fallecido era titular de una pequeña empresa de transporte; que sobre las 3 horas de ese día recibió un aviso de uno de sus trabajadores en el sentido de que se había averiado el camión que conducía; que se dirigió a auxiliarle con la furgoneta en cuestión no pudiendo solucionar la avería; que se dirigió a las inmediaciones del lugar donde debía recibir las llaves de otro camión que iba a conducir ese día, propiedad de otro autónomo del transporte; que mientras esperaba se produjo el fatal accidente.
Las demandadas se oponen a la reclamación frente a ellas deducida y el juez dicta sentencia desestimando todas las pretensiones ejercitadas. La actora recurre, pero sólo en cuanto a Estalvida SA, consintiendo el fallo respecto de las otras demandadas, excepto en cuanto a las costas, respecto de las que pide la no imposición.
Centrado el objeto de esta instancia en la forma que acabamos de señalar, debemos destacar que en cuanto al recurso referido a las costas causadas a Winterthur y Segurcaixa debemos desestimar el mismo. En efecto, la claridad de la desestimación es tal que, como hemos visto, la actora ni recurre la sentencia. Los elementos que han conducido a...
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