SAP Barcelona, 18 de Junio de 2000

PonenteMARIA CONCEPCION SOTORRA CAMPODARVE
ECLIES:APB:2000:7918
Número de Recurso27/2000
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución18 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª

SENTENCIA NÚM.

En la ciudad de Barcelona, a Dieciocho de Junio de Dos mil.

VISTO, en nombre de su Majestad el Rey, por la Ilma. Sra. Dª. CONCEPCIÓN SOTORRA CAMPODARVE como Magistrada de la Sección octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de Apelación nº 27/2000 dimanante del Juicio Verbal de Faltas seguido por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Igualada, con el número 260/1999 por una falta de Lesiones, entre partes, de una y como apelante D. Alfonso , dirigido por la Letrada Dª. Montserrat Morillas López; y de otra como apelada Dª. Beatriz y siendo también parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Igualada con fecha 28-10-99 se dictó sentencia en el Juicio Verbal de Faltas del que trae causa el presente rollo, en cuya parte dispositiva, textualmente se dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Alfonso (con D.N.I. nº NUM000 ) y a Alfonso (con D.N.I. nº NUM001 ) como autores de una falta prevista y penada en el artículo 617.1 del Código penal imponiendo, A CADA UNO DE ELLOS, la pena de UN MES DE MULTA A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE 2000 PTAS., todo ello con expresa imposición de las costas de este juicio a los condenados ".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Alfonso , y recibidos los autos en esta Sección de la Audiencia, la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia recorrida y en su lugar se dicte otra en la que se declare la nulidad de las actuaciones para que se celebre un nuevo Juicio por Juez distinto del que conoció el asunto o, subsidiariamente, se absuelva al recurrente de la falta de lesiones por la que resultó condenado. La parte apelada, solicitó la confirmación de la sentencia recorrida por sus propios fundamentos.

TERCERO

En la tramitación de este rollo se han observado las prescripciones legales.

Se admiten y dan por reproducidos en esta alzada los hechos probados y los fundamentos de derecho de la sentencia recorrida y además los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo de impugnación formulado contra la resolución de instancia invoca incompetencia del Juez que dictó la resolución impugnada, al ser distinto del que dirigió el Juicio de Faltas y, por tanto, del que presenció la práctica de la prueba según los principios de...

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