SAP Barcelona 188/2006, 17 de Marzo de 2006
Ponente | MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO |
ECLI | ES:APB:2006:3829 |
Número de Recurso | 662/2005 |
Número de Resolución | 188/2006 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
SENTENCIA N ú m. 188/2006
Ilmos. Sres.
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. MARÍA DOLORS VIÑAS MAESTRE
D. ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de Marzo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-octava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de oposición medidas en protección de menores nº 22/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Asunción , contra DIRECCIÓN GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de marzo de 2.005, por el/la Juez del expresado Juzgado. Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la oposición formulada por Doña Asunción respecto de la resolución dictada por la D.G.A.I.A. en fecha 11 de noviembre de 2003, respecto de los menores Gonzalo , Gloria y Rosa .
Notifíquese esta resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 248.4 de la LOPJ ."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2.006.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO.
Se alza la apelante contra la resolución recurrida en cuanto no estima su oposición a la declaración de desamparo de sus hijos, que hoy cuentan con 13, 7 y 6 años de edad, solicitando se revoque dicho pronunciamiento y se acuerde el retorno de los mismos con ella. El Ministerio Fiscal se opuso a tal pretensión.
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