SAP Barcelona 188/2006, 17 de Marzo de 2006

PonenteMARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
ECLIES:APB:2006:3829
Número de Recurso662/2005
Número de Resolución188/2006
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N ú m. 188/2006

Ilmos. Sres.

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. MARÍA DOLORS VIÑAS MAESTRE

D. ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de Marzo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-octava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de oposición medidas en protección de menores nº 22/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Asunción , contra DIRECCIÓN GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de marzo de 2.005, por el/la Juez del expresado Juzgado. Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la oposición formulada por Doña Asunción respecto de la resolución dictada por la D.G.A.I.A. en fecha 11 de noviembre de 2003, respecto de los menores Gonzalo , Gloria y Rosa .

Notifíquese esta resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 248.4 de la LOPJ ."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2.006.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la apelante contra la resolución recurrida en cuanto no estima su oposición a la declaración de desamparo de sus hijos, que hoy cuentan con 13, 7 y 6 años de edad, solicitando se revoque dicho pronunciamiento y se acuerde el retorno de los mismos con ella. El Ministerio Fiscal se opuso a tal pretensión.

SEGUNDO

Nos encontramos en el caso con que los servicios sociales comenzaron su intervención en el mes de enero del año 2003; entonces la madre no sabía cuanto tiempo los niños estuvieron escolarizados; el pequeño sufría trastornos de conducta; reiteradamente incumplió los compromisos desde el principio, ni aportaba la...

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