SAP Las Palmas, 3 de Octubre de 1997

PonenteANGEL GUZMAN MONTESDEOCA ACOSTA
Número de Recurso614/1996
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE:

D. ANGEL MONTESDEOCA AGOSTA

MAGISTRADOS:

D. CARLOS GARCIA VAN ISSHOT

D. PILAR PAREJO PABLOS

En Las Palmas de Gran Canaria, a tres de Octubre de mil novecientos noventa y siete

vistos en grado de apelación por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de esta Capital, los autos de Juicio Ejecutivo n° 0311/96, del que dimana el presente Rollo de Apelación n° 0614/96, seguidos aquéllos ante el Juzgado de la Instancia n° 10 de Las Palmas , a instancia de Cosme , representado en esta alzada por el Procurador D/ña. AMALIA ROCA PUGA, y dirigido por el Letrado D/ña., contra SEGURIDAD VIAL CANARIAS S.L. representado por el Procurador D/ña. M DEL CARMEN BORDON ARTILES y dirigido por el Letrado D/ña. pendientes en esta Sala de la sustanciación del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de 15 de octubre de 1996, dictada por el antedicho Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia n° 10 de Las Palmas, se dictó sentencia en los referidos autos, cuyo Fallo literalmente dice: Que desestimando la oposición formulada por la entidad ejecutada, SEVICAN, S.L., mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes del demandado, ENTIDAD MERCANTIL SEVICAN, S.L., hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto entero y cumplido pago, a la parte actora DON Cosme de la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTAS MIL QUINIENTAS SESENTA Y SIETE PESETAS (3.700.567 ptas) de principal, mas los intereses legales de dicha suma que se calcularan conforme a lo establecido en el art. 6.y 57.2° de la Ley Cambiaría y del Cheque de 16 de julio de 1.985 . Condenado igualmente, al ejecutado, al pago de lascostas originadas en el presente procedimiento.

SEGUNDO

Contra la precitada sentencia se presentó escrito de recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, previo emplazamiento de las partes, se remiten los autos a esta Sección, compareciendo ambas partes y seguidos los trámites se señaló día y hora para la vista, celebrándose la misma con el resultado que obra en autos.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr D. ANGEL MONTESDEOCA AGOSTA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad mercantil demandada recurre la sentencia de instancia y solicita que no se dicte sentencia de remate o acuerde la nulidad del juicio por considerar, en esencia, que dicha resolución ha incurrido en incongruencia omisiva al no haber analizado la cuestión referente al endoso de la cambial y los efectos...

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