SAP Murcia 89/2003, 19 de Septiembre de 2003

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2003:2252
Número de Recurso146/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución89/2003
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA Nº89

Vista, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, la causa procedente del Juzgado de lo Penal número uno de Cartagena, seguida en el mismo como Procedimiento Abreviado número 74/03, antes Procedimiento Abreviado número 86/01 del Juzgado de Instrucción número uno de Cartagena (Rollo nº 146/03), por el delito de impago de pensiones, contra Luis Andrés , representado por la Procuradora Dª.Reyes Azofra Martín y defendido por el Letrado D.Francisco Rocamora Lidón, siendo partes en esta alzada, como apelante y acusación particular, Dª. Luisa , representada por la Procuradora Dª.Magdalena Faz Leal y defendida por el Letrado D.José Luis Pretel Jiménez, habiéndose adherido a dicho recurso de apelación el MINISTERIO FISCAL, y, como apelado, dicho acusado, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal número uno de Cartagena, con fecha 25 de marzo de 2.003, dictó Sentencia en los autos de que este rollo dimana declarando probados los siguientes hechos: " Se declara probado que por sentencia de 12 de mayo de 1997, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena, en el procedimiento de divorcio nº 132/96, se elevaron a definitivas las medidas acordadas en auto de medidas provisionales dictado el 6 de noviembre de 1996, en cuya virtud el Acusado, Luis Andrés , mayor de edad y sin antecedentes penales, venía obligado a abonar a su exesposa, Luisa , en concepto depensión alimenticia para sus dos hijos menores de edad, Luis María , nacido el 18 de mayo de 1979, y Rubén , nacido el 13 de noviembre de 1980, la cantidad de cuarenta mil pesetas mensuales. En cumplimiento parcial de esta obligación, Luis Andrés ingresó en la cuenta bancaria designada por su esposa, en la sucursal de Caja Murcia, las siguientes cantidades: 15.000 pesetas en agosto de 1997,

20.000 pesetas en todos los meses comprendidos entre octubre de 1997 y noviembre de 1998; 40.000 pesetas en marzo de 1999, y 10.000 pesetas en los meses de mayo, junio, julio, agosto y octubre de 1999, no abonando cantidad alguna desde dicha fecha, ya que instó procedimiento de modificación de medidas seguido con el nº 137/99 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena, recayendo sentencia definitiva de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección quinta de Cartagena, de fecha 8 de marzo de 2002, que revocando la sentencia de primera instancia, dejó sin efecto las medida de pensión alimenticia a los hijos establecida en la sentencia de divorcio, al estimar acreditado que los dos hijos para los que se fijó la pensión alimenticia, a fecha seis de julio de 2000, tenían cotizados a la seguridad social por trabajo dependiente, 1.131 días, Luis María , y Rubén , 670 días.- Luis Andrés tuvo dos hijos de otra relación, menores de edad y que viven a su costa, y carece de bienes muebles e inmuebles, tributando únicamente como propietario de un vehículo SEAT 127, matrícula MU-8659-A, matriculado en septiembre de 1972. Sus ingresos, derivados de su trabajo de albañil, eran en el año 1997 de unas 130.000 pesetas brutas, y en enero de 2001 fueron de 1010,26 euros netos.- Luisa formuló denuncia por estos hechos el 15 de junio de 2001, en su propio nombre, que fue ratificada por sus hijos Luis María y Rubén , el 20 de febrero de 2002."

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