SAP Santa Cruz de Tenerife 169/2006, 2 de Mayo de 2006

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APTF:2006:1186
Número de Recurso678/2005
Número de Resolución169/2006
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 169/2006

Rollo nº 678/2005

Autos nº 55/2003

Jdo. 1ª Inst. nº 5 de Arona

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

Magistrados:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

En Santa Cruz de Tenerife, a dos de mayo de dos mil seis.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada don Héctor y don Luis Pablo , contra la sentencia dictada en los autos nº 55/2003, ordinario, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona , promovidos por la entidad mercantil Embutidos de Tenerife, S.A., representada por el Procurador don Manuel Ángel Álvarez Hernández y asistida por el Letrado don Jordi García Ribera contra don Héctor , representado por el Procurador doña Candelaria Rodríguez Alayón y asistido por el Letrado doña Olga Luque Söllheim y contra don Luis Pablo , representado por el Procurador doña Ada López García y asistido por el Letrado doña Eugenia Toribio García; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados el Iltmo. Sr. Magistrado Juez Dña. Juan Javier Plasencia Rodríguez, dictó sentencia el veintitrés de julio de dos mil cuatro , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el/la Procurador/a D/Doña MANUEL ANGEL ÁLVAREZ HERNÁNDEZ en representación de la entidad mercantil EMBUTIDOS DE TENERIFE,S.A., contra D/Doña Luis Pablo , y contra D/Doña Héctor , condeno a la parte demandada a abonar, conjunta y solidariamente, la cantidad de 15.296,03, más intereses legales.

Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de las partes demandadas, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 25 de abril de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por el fiador codemandado articula como primer motivo de impugnación de la sentencia recurrida la interpretación restrictiva de la fianza, según los términos de la cláusula contractual en la que se establece, cuestión omitida por la sentencia apelada, alegando que la garantía prestada por el fiador demandado viene referida exclusivamente al contrato inicial pero no a su prórroga.

SEGUNDO

En este particular, después de examinado el documento en el que fue instrumentado el contrato, de fecha 1.9.1996, debe señalarse que la constitución de la fianza figura instrumentada en la estipulación décima del contrato, en la que el codemandado don Héctor avala y garantiza todas las...

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