SAP Santa Cruz de Tenerife 394/2005, 24 de Octubre de 2005
Ponente | MODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO |
ECLI | ES:APTF:2005:1935 |
Número de Recurso | 303/2005 |
Número de Resolución | 394/2005 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 394/2005
Rollo nº 303/2005
Autos nº 985/2004
Jdo. 1ª Inst. nº 1 de La Laguna
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA
Magistrados:
D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO
En Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro de octubre de dos mil cinco.
Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante doña Mónica contra la sentencia dictada en los autos nº 985/2004, verbal, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Laguna , promovidos por doña Mónica (en su nombre y en el de doña Carina ), representadas por el Procurador doña Ana María Casanova Macario y asistidas por el Letrado doña Teresa Febles Barroso, contra don Ignacio , representado por el Procurador don Juan Oliva Tristán Fernández y asistido por el Letrado doña María Asunción Hernández Acosta; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. Gabriela Reverón González, dictó sentencia el quince de marzo de dos mil cinco , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que desestimando la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales Dª Ana María Casanova Macario, en nombre y representación de Dª. Mónica , contra D Ignacio , representado por el procurador D. Juan Oliva Tristán; debo absolver y absuelvo a éste de todos los pedimentos contenidos en la demanda; y ello, con imposición a la demandante de las costas del presente juicio."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 18 de octubre de 2005.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En el supuesto sometido a revisión, se presenta como cuestión decisiva, en primer lugar, la relativa a la determinación de la fecha de entrega de la vivienda arrendada.
Pues bien, la negativa del arrendador y...
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