SAP Pontevedra 229/2005, 5 de Mayo de 2005
Ponente | FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS |
ECLI | ES:APPO:2005:1803 |
Número de Recurso | 108/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 229/2005 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00229/2005
LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por
los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE
DEL REY, la siguiente:
SENTENCIA Nº: 229/2005
En PONTEVEDRA ,a cinco de mayo de dos mil cinco
Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio verbal civil nº 0453/02, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ponteareas (Rollo de Sala número 108/05) en el que son partes como apelante DÑA.- Francisca ; y como apelada DÑA.- Beatriz , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
Con fecha 29 de noviembre de 2004, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Francisca , representada procesalmente por el Procurador Sr. Magán Álvarez, contra Dña. Beatriz , representada por el Procurador Sr. Zúñiga Caballero:
1) Absuelvo a la demandada de todos los pedimentos de la demanda.
2) Condeno a la demandante al pago de las costas causadas en esta instancia".
Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por DÑA.-Francisca , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por DÑA.- Beatriz .
Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 28 de febrero de 2005, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración devista.
En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.
Se plantea en el presente recurso de apelación interpuesto por la parte actora la revocación de la sentencia y la plena estimación de la demanda en tanto en cuento entiende que se ha acreditado la titularidad del terreno sobre el que se ha realizado un muro por la demandada cuya retirada o demolición se solicita, elemento principal de su acción, realmente entendida como de condena de hacer según explica en su recurso. A lo anterior se opone la demandada sosteniendo la virtualidad de la sentencia desestimatoria de la instancia por entender que la acción verdaderamente ejercitada de contrario fue la reivindicatoria o la declarativa de dominio, sin que, ante ello, se hubiesen acreditado en autos los requisitos mínimos de éstas acciones, discutiendo la titularidad del terreno sobre el que se ubica el muro e, incluso, la posición efectiva del mismo y la existencia de derecho de paso alguno declarado sobre esa franja litigiosa.
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