SAP Pontevedra 290/2007, 3 de Julio de 2007

PonenteANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
ECLIES:APPO:2007:1953
Número de Recurso213/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución290/2007
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA: 00290/2007

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por

los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº: 290/2007

En PONTEVEDRA, a tres de Julio de dos mil siete.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 0176/06 y 0203/06, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Tui (Rollo de Sala número 213/07) en el que son partes como apelantes D.- Fernando y DÑA.- Frida , en su propio nombre y en representación de su hijo menor D.- Luis Pablo , que se personaron en esta instancia representados por el Procurador D.- César-Ángel Escariz Vázquez; y como apelados "HDI HANNOVER INTERNACIONAL ESPAÑA, S.A.", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- María-José Gimenez Campos, DÑA.- Cristina , que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.-Susana Tomás Abal y D.- Imanol , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de noviembre de 2006, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "1º.- Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por la Procuradora Dª. BEGOÑA BUGARIN SARACHO en nombre y representación de D. Fernando y Dª Frida contra la Cía. Aseguradora H.D.I HANNOVER INTERNATIONAL, S.A., la debo condenar y condeno a abonar a los demandantes la cantidad total de 17.712,60 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda, incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución; y DESESTIMANDO la demanda respecto de D. Imanol , le debo absolver y absuelvo de los pedimentos contenidos en la misma.

  1. - Que ESTIMANDO sustancialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª CRISTINA CELA RIVAS en representación de Dª Cristina contra la Cía. Aseguradora H.D.I HANNOVER INTERNATIONAL, S.A., la debo condenar y condeno a abonar a la demandante la cantidad de 101.560,76 euros más los intereses legales de esta cantidad desde la interposición de la demanda, incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución.3º.- No se hace especial imposición de las costas de este procedimiento, por lo que cada parte pagará las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por D.-Fernando y DÑA.- Frida , en su propio nombre y en representación de su hijo menor D.- Luis Pablo , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días,...

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