SAP Pontevedra 329/2007, 11 de Septiembre de 2007

PonenteANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
ECLIES:APPO:2007:2278
Número de Recurso239/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución329/2007
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA: 00329/2007

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por

los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº: 329/2007

En PONTEVEDRA, a once de Septiembre de dos mil siete.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 0873/05, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pontevedra (Rollo de Sala número 239/07) en el que son partes como apelante "CONSTRUCCIONES COCHON Y BARROS, S.L.", que se personó en esta instancia representada por el Procurador D.- José Manuel Domínguez Lino; y como apelada "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN DIRECCION000 Nº NUM000 POIO", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- Lourdes Martínez Cabrera, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de noviembre de 2006, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por la entidad Construcciones Cochon y Barros, S.L., como demandante reconvenida, representada por el Procurador Sr. Domínguez Lino contra la Comunidad de Propietarios del edificio sito en Poio, DIRECCION000 nº NUM000 , como demandada reconvincente , representada por la Procuradora Sra. Martínez, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda y, estimando en parte la demanda reconvencional interpuesta por la Comunidad de Propietarios del edificio sito en Poio, DIRECCION000 nº NUM000 , representada por la Procuradora Sra. Martínez, contra la entidad Construcciones Cochon y Barros, S.L., representada por el Procurador Sr. Domínguez Lino, debo condenar a ésta a satisfacer a la demandada reconvincente la cantidad de 14.764,25 euros; con el interés del art. 576 LEC desde la fecha de esta sentencia.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por "CONSTRUCCIONES COCHON Y BARROS, S.L.", recayendo resolución del juzgado de instancia por laque se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN DIRECCION000 Nº NUM000 POIO".

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 17 de abril de 2007, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan en esencia los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, con la única excepción del segundo en lo que se refiere a la valoración de los defectos.

PRIMERO

El escrito de recurso es...

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