SAP Pontevedra, 7 de Mayo de 2002

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2002:1519
Número de Recurso2039/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

SENTENCIA

En Vigo a siete de mayo de dos mil dos

VISTO en grado de apelación ante la sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos del Menor Cuantía 633/1999, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. Dos de Vigo, a los que ha correspondido el rollo 2039/02, en los que aparece como parte Demandante-apelado, D. Marco Antonio , representado por el Procurador D. Emilio Álvarez Buceta y asistido por el Letrado D. Jorge Conde Gil y como Demandado- apelante, DÑA. Sonia , representada por el Procurador D. Cesáreo Vázquez Ramos y asistido por la Letrada Dña. Lourdes Carballo Fidalgo y siendo el Magistrado ponente el Ilmo. Sra. Dña. MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia num. 2 de Vigo, con fecha trece de noviembre de dos mil uno se dictó sentencia cuyo Fallo textualmente dice:

"Que estimo la demanda interpuesta por D. Marco Antonio contra Dª. Sonia y debo condenar y condeno a ésta a pagar al actor la cantidad resultante de restar de 11.239.500 ptas la cuantía que se determine en ejecución de sentencia que corresponde al precio de las mercancías vendidas a título "personal" a la demandada que fueron entregadas a ésta con anterioridad al 7 de julio de 1992, debiendo calcularse dicho precio descontado el 45% del importe de su precio de venta al público, más el interés legal correspondiente a la cantidad resultante desde la interposición de la demanda y sin que proceda hacerespecial pronunciamiento respecto a las costas causadas en este procedimiento."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por D. CESAREO VAZQUEZ RAMOS en representación de Dña. Sonia , se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos y se ratifican los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida.

PRIMERO

Insiste la recurrente en esta alzada, en cuantas argumentaciones ya adujo en la instancia para oponerse a la demanda, haciendo especial hincapié en cuatro consideraciones: 1) se opone genéricamente a la demanda por considerar que nada debe al accionante, a la vez que admite su carencia de pruebas, 2) insiste en que el margen de beneficio o comisión pactado verbalmente fue del 45%, 3) únicamente reconoce como retirada la mercancía que aparece relacionada en los albaranes que llevan su firma y, 4) respecto a las cantidades por ella entregadas rechaza, por incorrecta, la aplicación que hace el juzgador del art. 1228 Cco.

SEGUNDO

Aún partiendo de que el éxito de toda acción de cumplimiento de una obligación de pago viene condicionada y prácticamente vinculada a la aportación y prueba de los hechos base y fundamento de la pretensión, cuando se trata de relaciones comerciales tendentes a demostrar el suministro de efectos que se prolongan durante largos periodos de tiempo, generando entre las partes una situación de cuenta corriente, como sucede en el supuesto de que aquí se trata, no es dable ni correcto el desconocer, que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 11 de Octubre de 2005
    • España
    • 11 Octubre 2005
    ...con fecha 7 de mayo de 2002 por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Sexta, con sede en Vigo), en el rollo de apelación nº 2039/2002, dimanante de los autos nº 633/1999 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vigo - Mediante de se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la r......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR