SAP Santa Cruz de Tenerife 380/1999, 19 de Junio de 1999

PonenteJOSE ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ
Número de Recurso1043/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución380/1999
Fecha de Resolución19 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife

SENTENCIA Nº 380/99

En Santa Cruz de Tenerife, a diecinueve de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada María Cristina , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de INSTRUC nº 5 Sta. Cruz de Tfe., en autos de Juicio Verbal Civil nº 0128/98, seguidos a instancias de la Procuradora Sra. Dª. Corina Melian Carrillo bajo dirección del Letrado D. Manuel Gonzalez Gutierrez en nombre y representación de los herederos de D. Armando contra DI María Cristina representado por la Procuradora Sra. Dª. Carmen-Blanca ORIVE RODRIGUEZ bajo la dirección de la Letrado Sra. Dª. Araceli Suria Gonzalez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente el ya referido Iltmo Sr. D José Antonio González González Magistrado-Presidente de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia por Ilmo. Sr. Magistrado D. Fulgencio V. Velazquez de Castro Puerta, de fecha 14 de octubre de 1998, cuya parte dispositiva, literalmente copiada-, dice así: " Que estimando la demanda interpuesta por la representación legal de Herederos de Armando contra María Cristina , debo declarar y declaro que la cantidad a abonar a partir delmes de marzo de 1997 por la demandada en concepto de renta era de 10.247 pesetas mensuales, condenándola a abonar la deuda resultante hasta el final del proceso y que se determinará en ejecución de sentencia y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por formulado y fue admitida y según lo establecido en el articulo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de Abril , se da traslado del mismo a la parte contraría por término de CINCO días, la cual presentó impugnación, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designo como Ponente al Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio González González, señalándose para votación y fallo el día 14 de junio del año en curso.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado...

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