SAP Santa Cruz de Tenerife 979/2000, 25 de Noviembre de 2000
Ponente | JOSE ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:APTF:2000:3066 |
Número de Recurso | 584/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 979/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00979/2000
Rollo n° 584 /2000
Autos: Juicio de Cognición n° 276/99
Jugado de 1ª Instancia n° Tres de la Orotava
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ (Presidente y Ponente)
Dª CARMEN PADILLA MÁRQUEZ
D. MARIA LUISA SANTOS SÁNCHEZ
En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a veinticinco de Noviembre de dos mil
Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° Tres de la Orotava, en autos de juicio de COGNICIÓN n° 276/99 , seguidos a instancias del Procurador D. Rafael Hernández Herreros, bajo la dirección del Letrado D. Manuel Suárez Suárez, en nombre y representación de la entidad SOCIEDAD COOPERATIVA DE ENSEÑANZA CASA AZUL contra D. Luis Pablo , representado por la Procuradora Dª Julia- Susana Trujillo Siverio, bajo la dirección del Letrado D. José-Manuel Ruiz Pons; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia, siendo Ponente el ya referido Ilmo. D. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrado-Presidente, de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha Seis de Abril de dos mil , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así:" Desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Rafael Hernández Herreros, en nombre y representación de la entidad Sociedad Cooperativa de Enseñanza Casa Azul debo absolver y absuelvo al demandado D. Luis Pablo , imponiendo las costas vertidas en esta instancia a la parte actora."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante, se tuvo por formulado y fue admitido en ambos efectos y según lo establecido en el articulo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de abril , se da traslado del mismo a la parte contraria por término de CINCO días, la cual presentó impugnación, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.
Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente al Ilmo. Magistrado- Presidente D. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, señalándose para votación y Fallo el día veinte de Noviembre...
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STSJ Comunidad Valenciana 12/2013, 15 de Octubre de 2013
...de socio. O que la controversia se arbitre de forma análoga al expediente de arbitraje CVC/102-A, que a su vez cita la SAP de Santa Cruz de Tenerife de 25-11-2000 de la Sección Tercera ("aun cuando la Cooperativa adoptara posteriormente ese acuerdo, cuando el demandante no era ya socio, ya ......