SAP Santa Cruz de Tenerife 230/2005, 29 de Abril de 2005

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2005:833
Número de Recurso170/2005
Número de Resolución230/2005
Fecha de Resolución29 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 230/2005

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado (Ponente) Dª. Carmen Padilla Márquez

En Santa Cruz de Tenerife, a veintinueve de abril de dos mil cinco.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Granadilla de Abona, en autos de Juicio Verbal nº 349/2004 , seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Candelaria Esther Rodríguez Alayón bajo la dirección del Letrado D. Juan Carlos Hernández Cruz en nombre y representación de la entidad Repsol Comercial de Productos Petrolíferos S.A., contra D. Andrés y Dª. Rosario , esta última declarada en rebeldía, y contra la entidad aseguradora Mapfre Guanarteme S.A., representada por la Procuradora Dª Amparo Duque Martín de Oliva, bajo la dirección de la Letrado Dª. Fátima Pérez Mendoza; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Macarena González Delgado, Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha trece de diciembre de dos mil cuatro , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "DESESTIMAR TOTALMENTE la demanda interpuesta por Repsol Comercial de Productos Petrolíferos S.A., representada por la procuradora Doña Candelaria Rodríguez Alayón contra D. Andrés , Doña Rosario y la entidad aseguradora Mapfre Guanarteme SA, absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra y con expresa imposición de las costas procesales a la parte actora.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandnate; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , presentando escrito de oposición la representación de la entidad aseguradora codemandada, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Macarena González Delgado; personándose oportunamente la entidad aseguradora apelada por medio de la Procuradora Dª. Mercedes Aranaz de la Cuesta, bajo la dirección de la Letrado Dª. Fátima Pérez Mendoza, sin que se hayan personado las otras partes; señalándose para votación y fallo el día veinticinco de abril del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que desestima la demanda se alza el recurso de la actora alegando...

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