SAP Santa Cruz de Tenerife 517/2005, 31 de Octubre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN PADILLA MARQUEZ
ECLIES:APTF:2005:2010
Número de Recurso518/2005
Número de Resolución517/2005
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 517/2005

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González

Magistrados:

Dª. Carmen Padilla Márquez (Ponente)

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Santa Cruz de La Palma, en autos de Juicio Ordinario nº 107/2004 , seguidos a instancias del Procurador D. Luis Alberto Herández de Lorenzo Nuño bajo la dirección del Letrado D. Jorge Arozena Sánchez en nombre y representación de D. Ismael , contra D. Salvador y D. Aurelio , representados por la Procuradora Dª. María Nieves Rodríguez Riverol, bajo la dirección de la Letrado Dª. Eva María Lugo Henriquez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Carmen Padilla Márquez, Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha treinta y uno de marzo de dos mil cinco , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que desestimando íntegramente la demanda planteada por el Procurador D. Luis A. Hernández de Lorenzo y Nuño, en nombre y representación de D. Ismael , contra D. Salvador y D. Aurelio , absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas por la actora, imponiendo a ésta el pago de las costas procesales.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Carmen Padilla Márquez; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Cristina Togores Guigou, bajo la dirección del Letrado D. Jorge Arozena Sánchez, la parte apelada se personó por medio del Procurador D. Miguel Rodríguez Berriel, bajo la dirección del Letrado D. Francisco Lugo Henriquez; señalándose para votación y fallo el día veinticuatro de octubre del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que lerigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia desestima la demanda en la que el actor contratista reclama frente al dueño de la obra el precio de lo ejecutada y entregado, por estimar, el juzgador a quo, que el defecto de impermeabilización de la azotea, realizada por el actor, tiene un coste de reparación muy superior al de las cantidades reclamadas. Recurre el actor quien reitera sus alegaciones, manteniendo que frente a todas las obras realizadas y reclamadas la única queja de los actores es con relación a la azotea, su...

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