SAP Cantabria 305/1997, 16 de Octubre de 1997

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
Número de Recurso215/1996
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución305/1997
Fecha de Resolución16 de Octubre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria

SENTENCIA NUM. 305

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Javier de la Hoz de la Escalera

Don Miguel Fernández Díez.

Don Javier Talma Charles.

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En la Ciudad de Santander, a dieciséis de Octubre de mil novecientos noventa y siete.

.

Vistos en trámite de apelación ante ésta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de juicio de Menor Cuantía, num. 507 de 1994, Rollo de Sala num. 215 de 1996 procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. cuatro de Santander, seguidos a instancia de Dª María contra D. Jose Ángel .

En ésta segunda instancia ha sido parte apelante don Jose Ángel , representado por el Procurador Sr. Mantilla Rodríguez y defendido por el Letrado Sr. Valles Gómez; y apelada doña María , representado por la Procuradora Sra. Puente Galache y defendido por el Letrado Sra. Toribio Ruiz.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado don Javier de la Hoz de la Escalera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia num. cuatro de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha veintiséis de Febrero de 1996 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Estimando la demanda deducida por la Procuradora Doña Teresa Puente Galache en nombre y representación de doña María contra don Jose Ángel representado por el Procurador Don Dionisio Mantilla Rodríguez debo declarar y declaro la obligación del expresado demandado de cumplir lo establecido en la obligación del expresado demandado de cumplir lo establecido en el contrato privado de compraventa, otorgando a tal efecto, escritura de compraventa a favor de la actora respecto del inmueble objeto de dicho contrato radicante en el barrio Nogal de Miengo por la cantidad de 10.500.000 pesetas que, previa deducción de las 500.000 pesetas ya entregadas, se abonarán en el acto del otorgamiento de dicha escritura, que se otorgará de oficio en otra caso, condenando asimismo al demandado a indemnizar los daños, perjuicios, y gastos acarreados a la demandante que se determinarán en ejecución de sentencia y al pago de las costas procesales."SEGUNDO: Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado, y emplazadas las partes se personaron ante ésta Audiencia Provincial en que, tras instruirse las partes, se señaló la Vista del recurso para el pasado día quince de los corrientes, en que se celebró quedando los autos vistos para Sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo de resolución del recurso, en razón al número de asuntos que pesan sobre ésta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

La parte demandada se alza contra la sentencia de instancia para interesar su integra revocación, sosteniendo esencialmente, como ya hiciera en la instancia, que el contrato no estaba perfeccionado; que fue validamente resuelto por él en ejercicio de la facultad reservada contractualmente en virtud del pacto de arras penitenciales; que fue además la parte actora la que incumplió primeramente, por la que debe declararse también resuelto el contrato; y, alega ahora, que resulta de imposible cumplimiento la sentencia dictada en la instancia porque la finca ya se ha vendido a otra persona, por lo que solo debe condenarse a devolver el dinero.

SEGUNDO

Los motivos de oposición expuestos aglutinan diversos conceptos que es preciso diferenciar claramente: la perfección del contrato, la naturaleza del pacto de arras, y el incumplimiento del contrato. Respecto de lo primero, debe recordarse que los contratos se perfeccionan de ordinario en nuestro derecho por el mero consentimiento, y que existen y son ley entre las partes desde que concurre el consentimiento sobre el objeto y...

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