SAP Cantabria 20/1998, 27 de Enero de 1998

PonenteMIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ
Número de Recurso248/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución20/1998
Fecha de Resolución27 de Enero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria

SENTENCIA NUM. 20

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Miguel Fernández Diez

Don Antonio Muñiz Diez

Don Javier Talma Charles

========================================

En la Ciudad de Santander, a veintisiete de enero de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de juicio sobre alimentos provisionales, núm. 345 de 1996, Rollo de Sala núm. 248 de 1997 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. cuatro de Santander, seguidos a instancia de Dª Catalina contra D. Bruno y Dª Flor .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Bruno , representado por el Procurador Sr. Albarrán González-Trevilla y defendido por el Letrado Sr. Huerta Argenta; y apelada doña Catalina , representado por la Procuradora Sra. Echevarría Obregón y defendido por la Letrado Sra. Sánchez Morán, siendo parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Diez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. cuatro de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha tres de Febrero de 1997 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- ESTIMANDO parcialmente la demanda formulada por el Procurador D/ña. Dolores Echevarría Obregón en nombre y representación de Catalina contra Bruno , representado por el Procurador Sr. Albarrán y contra Flor , debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la demandante la cantidad de 50.000,- ptas. mensuales por anticipado y dentro de los cinco primeros días a partir del mes de mayo de 1.996, de forma que el demandado contribuirá con treinta y cinco mil pesetas al mes y la demandada con quince mil pesetas mensuales revalorizables anualmente según las variaciones que experimente el I.P.C., con imposición de las costas al progenitor demandado".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación del codemandado D. Bruno interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado, y emplazadas las partes se personaron ante esta Audiencia Provincial en que, tras instruirse las partes, se señaló la Vista del recurso para el pasado día veintiséis de los corrientes, en que se celebró quedando los autos vistos para Sentencia.TERCERO: En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

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