SAP Álava 526/2008, 30 de Diciembre de 2008

PonenteMARIA MERCEDES GUERRERO ROMEO
ECLIES:APVI:2008:685
Número de Recurso531/2008
Número de Resolución526/2008
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 526/08

En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 531/08, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria, Autos de Juicio Ordinario nº 1353/07, promovido por IZAR VELASCO, S.L. dirigido por el Letrado D. Aitor Ortega y representadO por la

Procuradora Dª Carmen Carrasco frente a la sentencia dictada en fecha 07.05.08, siendo apelada ZURICH, CÍA DE SEGUROS dirigido por el Letrado D. Alberto Murua Uriarte y representado por la Procuradora Dª Ana Rosa Frade Fuentes. Siendo Ponente la lma. Sra. Mercedes Guerrero Romeo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice:

" Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Carrasco en nombre y representación de Izar Velasco, S.L. frente a Zurich España Cía de Seguros y Reaseguros, S.A. absolviendo a ésta de las pretensiones formuladas por la mercantil actora frente a la misma; todo ello con expresa condena en costas a la demandante".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora Sra. Carrasco, en nombre y representación de IZAR VELASCO, S.L., recurso que se tuvo por interpuesto mediante resolución de fecha 02.09.08, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la Procuradora Sra. Frade en representación de ZURICH CÍA DE SEGUROS escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante resolución de 10.10.08 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose la Ponencia. Mediante providencia de

21.10.08 se señala para deliberación, votación y fallo el día 18 de diciembre de 2008.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La mercantil demandante reclama los daños y perjuicios que dice se le ocasionaron por permanecer de baja laboral uno de sus trabajadores como consecuencia del siniestro producido en el Hotel Villa de Bilbao asegurado por la demandada. El 29 de octubre de 2.005 el citado trabajador Juan Carlos sufrió lesiones en su mano izquierda al desprenderse del techo de uno de los salones del hotel un trozo de escayola que le aplastó el cuarto dedo de la mano izquierda y le obligó a permanecer de baja laboral desde el día indicado hasta el 1 de diciembre de 2.006. La parte actora solicita 4.992,50 euros por los salarios abonados al trabajador durante el periodo de baja descontando los descuentos practicados de la base de cotización que paga la Seguridad Social en el proceso de incapacidad, y otros 19.810,01 euros por los beneficios dejados de obtener que justifica por la disminución en la facturación de la empresa en el ejercicio del año 2.006 comparándolo con el año anterior.

La sentencia de instancia desestima la demanda y rechaza las indemnizaciones reclamadas, respecto de la primera considera que el actor está reclamando cantidades por conceptos que tiene la obligación de pagar a la TGSS, y añade que no ha quedado acreditado documentalmente que Juan Carlos realizase un trabajo en la empresa actora, no presenta nóminas ni otro documento referido al periodo que permaneció de baja.

El actor impugna la sentencia reiterando sus argumentos, alega error en la valoración de la prueba e infracción de la doctrina jurisprudencial aplicable al caso, la documental anexa acredita que Juan Carlos prestaba servicios en la mercantil IZAR VELASCO SL, y también la disminución del volumen de negocio y ganancias dejadas de percibir.

SEGUNDO

Como ya decíamos en la Sentencia de 5 de septiembre de 2.008 , la finalidad de toda indemnización de daños y perjuicios es la de conseguir la indemnidad de los perjudicados...

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