SAP Pontevedra 78/2009, 12 de Febrero de 2009

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:2009:102
Número de Recurso804/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2009
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.78

En Pontevedra a doce de febrero de dos mil nueve.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de juicio verbal 130/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Porriño, a los que ha correspondido el Rollo núm. 804/08, en los que aparece como parte apelante-demandado: D. Felicisima , D. Camilo , representado por el procurador D. LOURDES MARTÍNEZ CABRERA y asistido por el Letrado D. MARIA PIA APARICIA ABUNDANCIA, y como parte apelado-demandante: D. Nieves , representado por el Procurador D. JAVIER ALMÓN CERDEIRA, y asistido por el Letrado D. PATRICIA SABORIDO FROJAN, MINISTERIO FISCAL, demandada-rebelde: DÑA Amparo , sobre reclamación de filiación paterna no matrimonial, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Porriño, con fecha 22 septiembre 2008, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por la representación procesal de Nieves frente a Felicisima , Camilo y Amparo , debo declarar y declaro que el padre biológico de Nieves , nacida el 29 de junio de 1952, es Julián , y en consecuencia su filiación no matrimonial; y condeno a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

Firme que sea la presente, ofíciese al Registro Civil correspondiente para realizar las inscripciones y rectificaciones pertinentes.

Con imposición de las costas del procedimiento a Felicisima y Camilo ; y sin expresa declaración respecto de Amparo .

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Dña Felicisima , D. Camilo se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala y se señaló el día cinco de febrero para la deliberación de este recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En el presente proceso de reclamación de filiación paterna no matrimonial promovido por la demandante doña Nieves en pretensión de que se declare como padre biológico de la misma al finado don Julián , y que formula contra los demandados doña Felicisima y don Camilo (ambos hijos no matrimoniales del mentado don Julián , filiación determinada legalmente por resolución judicial firme), doña Amparo (heredera testamentaria del finado don Julián ) y asimismo con intervención del Ministerio Fiscal, frente a la sentencia de instancia estimatoria de la demanda, en el sentido de declarar la filiación paterna objeto de reclamación, con imposición de las costas procesales del procedimiento a los codemandados doña Felicisima y don Camilo y sin expresa declaración respecto de la restante...

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