SAP Asturias 96/2009, 4 de Marzo de 2009

PonenteAGUSTIN AZPARREN LUCAS
ECLIES:APO:2009:191
Número de Recurso334/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución96/2009
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA: 00096/2009

SENTENCIA Nº 96/09

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000334 /2008

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Agustín Azparren Lucas

D. Guillermo Sacristán Represa

En Oviedo a, cuatro de Marzo de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PIEZA INCIDENTE CONCURSAL 0000054 /2007, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de OVIEDO, Rollo 0000334 /2008 , entre partes, como Apelante HUEVOS LEON ASTURIAS S.L. representado por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO SASTRE QUIROS, y bajo la dirección letrada de D. JOSE GARCIA INES ALONSO, y como Apelado/s D. ADMON. CONCURSAL DE D. Sabino representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. ISABEL GARCIA- BERNARDO PENDAS, y bajo la dirección letrada de D. ALEJANDRO ALVARGONZALEZ TREMOLS; y D. Sabino .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 26-09-07 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimar la demanda interpuesta por la administración concursal de D. Sabino contra D. Sabino y HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L. efectuando los siguientes pronunciamientos:

  1. Declarar la rescisión del contrato de compraventa sobre la finca registral NUM000 obrante al Tomo NUM001 , Libro NUM002 , Folio NUM003 del Registro de la Propiedad nº 1 de Oviedo, celebrado entre D.Sabino , como vendedor, y HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L., como comprador, formalizada en escritura pública de 12-5-2005, autorizada por el Notario de Oviedo D. Esteban María Fernández-Alú y Mortera, con nº de su protocolo 933, declarando su ineficacia y reintegrando el referido inmueble a la masa del concurso de D. Sabino ;

  2. Se manda cancelar el asiento registral practicado como efecto de aquella transmisión dominical, librando el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad nº 1 de Oviedo, siendo de cargo del comprador, HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L., todos los gastos que pudieran derivarse de la cancelación registral de la citada compraventa;

  3. Subsidiariamente, para el supuesto de que el inmueble ya no pudiera reintegrarse por pertenecer actualmente a tercero diferente de las partes del presente procedimiento, se condena a HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L. a entregar a la masa del concurso de D. Sabino el valor que tenía el referido inmueble cuando salió del patrimonio del concursado, que se fija en 81.800 Euros;

  4. El derecho a la prestación que resulta a favor de HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L., en los términos indicados en el Fundamento de Derecho 2º, tendrán la consideración de crédito subordinado;

  5. Se condena a HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L. al pago de las costas de esta primera instancia".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L., que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 13-01-09, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don Agustín Azparren Lucas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El juez de lo mercantil, estimando la demanda interpuesta por la Administración concursal de D. Sabino , declara la rescisión del contrato de compraventa celebrado entre éste último (que fue declarado en concurso voluntario por Auto de 14 de octubre de 2005 ), como vendedor y el ahora apelante HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L. como comprador, contrato que fue formalizado en escritura pública el día 12 de mayo de 2005, reintegrando el inmueble objeto de compraventa a la masa del concurso, con las consecuencias registrales que la rescisión conlleva, y acordando con carácter subsidiario, en el caso de imposibilidad de reintegro del inmueble, la condena de la empresa HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L. a entregar a la masa del concurso el valor del inmueble que fija en 81.800 euros. Por último, se declara que el derecho a la prestación que resulte a favor del comprador HUEVOS LEÓN-ASTURIAS S.L., tendrá la consideración...

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