SAP Asturias 180/2001, 5 de Abril de 2001

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2001:1456
Número de Recurso495/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución180/2001
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 180/01

Rollo: RECURSO DE APELACION 495/2000

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa.

D. Rafael Martín del Peso.

En OVIEDO, a cinco de Abril de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de MENOR CUANTIA 6/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de GRADO, Rollo de Apelación número 495/00, entre partes, como Apelantes ROYAL SUN ALLIANCE, S.A. Y GARCIA RODRIGUEZ OVIEDO, S.A., representados por el Procurador Sra. Doña Paz RICHARD MILLA, bajo la dirección letrada de Don Arturo GONZALEZ GONZALEZ DE MESA, y como Apelado ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representado por el Procurador Sra. Doña Pilar ORIA RODRIGUEZ, bajo la dirección letrada de Don Enrique L. RODRIGUEZ PAREDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de GRADO dictó Sentencia en los autos referidos con fecha Sentencia 7 de Julio de 2.000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por Dª. Ana Díez de Tejada Alvarez, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de la entidad aseguradora, ALLIANZ- RAS, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. contra la entidad mercantil GARCIA RODRIGUEZ OVIEDO, S.A. y la aseguradora ROYAL & SUN ALLIANCE, S.A., representados por María Dolores Llanes Rodríguez, Procuradora de los Tribunales, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, condenando a los demandados, solidariamente, a abonar a la actora la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTAS DOS MIL SEISCIENTAS CINCUENTA PTAS ( 2.502.650 pts), que devengará, con cargo exclusivo a la Compañía Aseguradora demandada el interés legal del dinero incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro hasta su completo pago, no pudiendo tal interés ser inferior al 20% si han transcurrido más de dos años desde la primera fecha referida con anterioridad.- Con imposición a los demandados del pago de las costas."

TERCERO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados seseñaló para la vista del recurso el día 3 de abril de 2.001, en cuyo acto la parte apelante solicitó la revocación de la...

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