SAP Palencia 26/2001, 3 de Abril de 2001

PonenteMAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
ECLIES:APP:2001:210
Número de Recurso27/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución26/2001
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO VEINTISEIS

Ilmos. Señores del Tribunal

Presidente:

DON GABRIEL COULLAUT ARIÑO

Magistrados:

DON ÁNGEL S. MARTÍNEZ GARCIA

DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSÉ

En la Ciudad de Palencia tres de abril de dos mil uno.

Vistos, en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, el presente recurso de apelación penal N° 29/01 interpuesto a nombre de Vicente representado por el Procurador D. Jose Carlos Hidalgo Freire y defendido por la letrado Dña. Noemi Mañueco Boto contra la sentencia dictada por el Juez de lo Penal de Palencia, de fecha dieciséis de febrero de dos mil uno, en él procedimiento abreviado N° 100/99 del Juzgado de Instrucción N° 4 de Palencia, rollo del Juzgado de lo Penal N° 326/00, seguido por un delito de abandono de familia habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y siendo Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado D. MAURICIO BUGIDOS SAN JOSÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha dieciséis de febrero de dos mil uno dictó sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo:

Que debo condenar y condeno a Vicente , como autor penalmente responsable de un delito DE ABANDONO DE FAMILIA EN SU MODALIDAD DE IMPAGO DE PRESTACIONES ECONOMICAS, ya definido, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de 18 fines de semana dearresto, debiendo abonar asimismo las costas procesales con inclusión de las devengadas por la acusación particular. Habiendo de indemnizar a Remedios en 435.000 pesetas.

Segundo

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos que el Juez " a quo" estima probados y se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente sentencia.

Tercero

Contra la anterior resolución, interpuso recurso de apelación la representación de Vicente al amparo de lo dispuesto en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y que se dicte otra de acuerdo con sus conclusiones definitivas y el apelado- el Ministerio Fiscal su confirmación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

Condenado que ha sido Vicente como autor de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones, previsto y penado en el art. 227 del Código Penal en sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de fecha dieciséis de febrero de dos mil uno, dicha sentencia ha sido recurrida por la representación del aludido, arguyendo la existencia de error en la apreciación probatoria, y haciendo alegación de la fundamentación jurídica a aplicar, solicitando tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular, personada en las actuaciones, la confirmación de la referida resolución.

Al ser dos los motivos de recurso alegados en el escrito de interposición, los mismos se estudiarán en los fundamentos jurídicos siguientes.

SEGUNDO

El primero de los motivos de recurso, esto es el que alude a la existencia de error en la apreciación probatoria por parte de la juzgadora de instancia, debe ser desestimado.

La parte apelante en su escrito de recurso no hace cuestión de la fundamentación jurídica que consta en la sentencia de instancia relativa a los requisitos del tipo del articulo 227 del Código Penal, que deben concurrir para la existencia del delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones, y en relación con el tercero de los mismos, esto es la posibilidad material de cumplimiento de tales deberes por lo...

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