SAP Zaragoza 327/2003, 29 de Mayo de 2003

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2003:1307
Número de Recurso185/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución327/2003
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 327/2003

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

En ZARAGOZA a veintinueve de mayo de dos mil tres.

En nombre de S. M. el Rey;

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de Apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 1164/2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de ZARAGOZA, de los que dimana el presente ROLLO DE APELACIÓN núm. 185/2003; en los que aparece como parte demandante AVENIDA VIDEOS S.L. representado por el procurador D. JOSE ANTONIO GARCIA MEDRANO, y asistido por el Letrado D. JUAN JOSE ESPINAL RICOTTI, apelante; y como demandado Jose Pablo no personado; siendo Magistrado Ponente en esta instancia el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 18 DE FEBRERO DE 2003; cuya parte dispositiva dice: "Desestimando la demanda instada por AVENIDA VIDEOS, S.L., contra Jose Pablo debo absolver y ABSUELVO al demandado, con imposición de costas a la actora".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandante se interpuso contra la misma recurso de apelación, y no estando personada la parte contraria se remitieron las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia.

TERCERO

Recibidos los Autos se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado; señalándose día para deliberación, votación y fallo el 21 de mayo de 2003

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, y

PRIMERO

La documentación que fue aportada con el escrito de demanda no acredita la realidad del préstamo de las películas, y menos aún las particulares condiciones en que dicho contrato pudo celebrarse,como tiempo de devolución, recargos que pudieran establecerse, o cláusulas de cualquier otro género que acordaran, pues aquella se limita a una valoración económica que de las películas y otros perjuicios realiza el actor, y una carta de reclamación que su abogado dirige al demandado, por lo que, atendiendo con exclusividad a esa documentación, no habiéndose quedado demostrada la entrega al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Girona 142/2006, 29 de Marzo de 2006
    • España
    • 29 Marzo 2006
    ...nuestros tribunales citadas en la sentencia de instancia o en el escrito de la ahora apelada ( así, STS 24/9/92, SAP Jaén 30/1/98 o SAP Zaragoza 29/5/03) o, por citar otra, la SAP Palencia de 28/5/2002, en la que se recoge lo siguiente: "Finalmente, aun cuando conste acreditado que las filt......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR