SAP Málaga 308/2001, 9 de Mayo de 2001

PonenteANTONIO ALCALA NAVARRO
ECLIES:APMA:2001:1953
Número de Recurso579/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución308/2001
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

SENTENCIA N° 308/01

Ilmos. Sres.

Presidente D. ANTONIO ALCALA NAVARRO

Magistrados D. JOSE GONZALO TRUJILLO CREHUET

Dª. SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ

En la ciudad de Málaga a nueve de mayo de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía n° 425 de 1998 procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° cuatro de Málaga sobre responsabilidad extracontractual, seguidos a instancia de Don Everardo representado en el recurso por la Procuradora Dª. María del Valle Avilés Mesa y defendido por el Letrado Don Rafael Ramírez García, contra Don Sebastián , Gerling Konsern y Ferrovial, S.A., representados en el recurso por el Procurador Don Angel Ansorena Huidobro y defendidos por el Letrado don Jorge Jiménez Muñoz, y contra el Excmo. Ayuntamiento de Málaga, representado por el Procurador Don Eduardo Magno Gómez y defendido por el Letrado Don Francisco Ledesma Guerrero, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia N° cuatro de Málaga dictó sentencia de fecha ocho de noviembre de 1999 en el juicio declarativo ordinario de menor cuantía n° 425 de 1998 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Everardo , representado por la procuradora Dª. María Ramírez García contra Ferrovial, S.A., D. Sebastián , Compañía Aseguradora Gerling Konsern, representados por el procurador D. Angel Ansorena Huidobro y asistido por la letrada Dª. Almudena Gómiz Macein, y Excmo. Ayuntamiento de Málaga, representado por el procurador D. Eduardo Magno Gómez, debo condenar y condeno a los demandados a que satisfagan solidariamente al actor la cantidad de 51.983.488 ptas. de principal, más los intereses legales correspondientes devengados desde la interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpusieron, en tiempo y forma, recurso de apelación todas las partes demandadas, el cual fue admitido a trámite y, emplazadas las partes para quecomparecieran ante esta Audiencia, personadas y entregados los autos a las mismas para instrucción durante cuatro días, se celebró la vista del recurso que tuvo lugar el día ocho de mayo de 2.001, en el cual los Letrados de las partes apelantes informaron en apoyo de sus pretensiones y solicitaron la revocación de las sentencia recurrida y el Letrado de la parte apelada solicitó su confirmación.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. D. ANTONIO ALCALA NAVARRO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicitan ambas representaciones la revocación de la sentencia...

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