SAP Murcia 150/2004, 30 de Abril de 2004

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2004:1169
Número de Recurso258/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución150/2004
Fecha de Resolución30 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00150/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo Apelación Civil

SECCION CUARTA nº. 258/03

MURCIA

SENTENCIA Nº 150

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a treinta de abril de dos mil cuatro.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden civil, rollo nº 258/2003, dimanantes del Juicio Ordinario nº 368/2001 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Yecla, seguido entre las partes, actora, Dª. Ariadna , mayor de edad, vecina de Yecla, con domicilio en CALLE000 , nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada por el Procurador Sr. Alonso Martínez y dirigida por la Letrada Sra. Pérez García; y demandados, Corporación de Medios de Murcia, S.A., con domicilio social en Murcia, Ronda de Levante nº 15, con C.I.F. nº A-78865433. D. Eloy , mayor de edad, soltero, vecino de Murcia, con D.N.I. nº NUM002 , D. Luis Manuel , mayor de edad, soltero, vecino de Murcia, con D.N.I. nº NUM003 , y D. Francisco , en su calidad de DIRECCION000 del Diario La Verdad, con D.N.I. nº NUM004 , representados por el Procurador Sr. Muñoz Mojica y dirigidos en el Juzgado por la Letrada Sra. González Pajuelo y en la Audiencia por el Letrado Sr. Del Saz Ortiz. En este procedimiento, que versa sobre protección de los derechos fundamentales e indemnización de perjuicios, ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª. Ariadna contra la sentencia de 25 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado de PrimeraInstancia nº 1 de Yecla; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"QUE, desestimando la demanda interpuesta por la representación procesal de DOÑA Ariadna , contra DON Eloy , DON Luis Manuel , DIRECCION000 DEL PERIÓDICO "LA VERDAD" y "CMM, S.A", debo absolver y absuelvo a los demandados del petitum a que se contrae la demanda; con expresa imposición de las costas causadas en esta primera instancia a la parte actora".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso por Dª. Ariadna recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 258/2003, y se señaló el 30 de abril de 2004 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Ariadna interpuso demanda sobre protección de los derechos fundamentales solicitando que se declarara que los demandados, Corporación de Medios de Murcia, S.A., D. Eloy , D. Luis Manuel y

D. Francisco , en su calidad de DIRECCION000 del diario La Verdad, al publicar dicho diario el lunes 29 de octubre de 2001 (nº 30.729) una fotografía de la actora, habían vulnerado el derecho fundamental a la propia imagen de la Sra. Ariadna . Y que esa intromisión ilegítima había ocasionado a la actora graves daños morales que debían ser indemnizados solidariamente por los demandados en 6.010,12 euros.

En el periódico La Verdad, de Murcia, del lunes 29-10-2001 aparecía un artículo titulado "Culpan a los productos milagro de propiciar los casos de anorexia", firmado por el Sr. Eloy ,...

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