SAP Cáceres 35/2004, 2 de Febrero de 2004

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:2004:66
Número de Recurso7/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución35/2004
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA: 00035/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL

de

CÁCERES

--------SECCIÓN PRIMERA. CIVIL

SENTENCIA Nº 35/ 04

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE :

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA

MAGISTRADOS :

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA

DON ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO

-------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm. 7/04

Autos núm. 214/03

Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres

==================================

En la Ciudad de Cáceres a dos de Febrero de dos mil cuatro.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principioreferenciado, dimanante de los autos de Juicio Ordinario núm. 214/03 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres, siendo parte apelante , los demandados DON Gaspar Y SUMINISTROS MAPO S.A. representados en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Fernández Sanz y defendidos por el Letrado Sr. Quirós Rosado habiéndose personado en esta Audiencia en representación del mismo, dicha procuradora y como parte apelada , la demandante PATRIA HISPANA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sra. Muñoz García y defendida por la Letrada Sra. Hernandez Criado habiéndose personado en esta Audiencia en representación de la misma dicha procuradora..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Cáceres, en los autos de Juicio Ordinario núm. 214/03, con fecha 9 de Octubre de 2003 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: Estimo la demandada presentada por Patria Hispana , S.A. de Seguros y Reaseguros, representada por el procurador Antonia Muñoz García contra D. Gaspar y Suministro Mapo S.L., representados por el procurador Dª Mª Dolores Fernandez Sanz, y condeno a los demandados a abonar de manera solidaria a dicha entidad, la cantidad de ocho mil doscientos veinticinco euros con cuarenta y cuatro céntimos (8.225,44 euros) más los intereses legales que se hayan devengado desde la interposición de la demanda, y además al pago de las costas procesales que se causen en la presente litis. Así por esta mi sentencia...

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandada se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TERCERO

Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artº 457,3 de la L.E.C., por término veinte días para la formalización del recurso de apelación conforme a las normas prevenidas en los arts. 458 y ss. de la misma Ley procesal.

CUARTO

Formalizado, en tiempo y forma, el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el artº 461 de la L.E.C. se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

QUINTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación del apelado, el Juzgado de instancia remitió los autos originales a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, el que se efectuó con fecha 30 de diciembre de 2003, habiéndose personado las partes en tiempo y forma legal, y correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia. Y no habiéndose propuesto prueba por ninguna de las partes, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para DELIBERACIÓN Y FALLO el día 30 de Enero de 2004 quedando los autos para dictar sentencia en el plazo marcado en el artº 465.1 de la L.E.C.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la sentencia de instancia y

PRIMERO

Para una mejor comprensión y en su caso adecuada resolución de la cuestión que se somete a la consideración de la sala hemos tener en cuenta los siguientes antecedentes facticos:

a.-) Sobre las 18 o 20 horas del día 12 de octubre de 2001,se produjo un accidente de circulación en la Avda. Hernán Cortés de Cáceres, a la altura del nº 66,en la que se vieron implicados los siguientes vehículos: Peugeot 205, matricula F-....-FH conducido por el demandado Don Gaspar y propiedad de la Entidad codemandada Suministros Mapo S.L., estando asegurado dicho vehículo por la hoy actora, Patria Hispana de Seguros y Reaseguros, S.A.; el Citroen Saxo, matricula MH-....-F , que se encontrabaestacionado, siendo su propietaria Dª Valentina .

b.-) El accidente se produjo cuando circulando es Sr. Gaspar por la Avda Hernán Cortés de Cáceres, debido a su ingesta alcohólica, pierde el control del mismo y colisiona con los vehículos MH-....-F y MK-....-X , que se hallaban debidamente aparcados a los que desplaza haciéndoles impactar contra la puerta de un garaje y contra otro vehículo matricula JP-....-W .

c.-) Como consecuencia de dicho accidente se incoan las correspondientes Diligencias Previas en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Cáceres, las cuales derivan en el procedimiento Abreviado nº 48/02 y el juicio oral nº 263/02 seguido en el Juzgado de los Penal de Cáceres, frente a los hoy demandados por un presunto delito de seguridad del Tráfico.

d.-) En dicho procedimiento, con fecha 18 de Noviembre...

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