SAP Cádiz, 17 de Mayo de 2001
Ponente | FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA |
ECLI | ES:APCA:2001:1390 |
Número de Recurso | 16/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª |
SENTENCIA N°
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ
MAGISTRADOS:
D. FERNANDO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA
D. PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROSALES
Juzgado de lo Penal N° 1 Cádiz
APELACIÓN ROLLO NÚM. 16/2001
P.ABREVIADO NÚM. 394/2000
En la ciudad de Cádiz a diecisiete de mayo de dos mil uno.
Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por la representación de José . Es parte recurrida Jose Daniel , Alberto y Gerardo , representados por la procurador Sra. Conde Mata y el MINISTERIO FISCAL.
El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Juzgado de lo Penal N° 1 Cádiz, dictó sentencia el día 17 de mayo de 2.001 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice,
"Que debo condenar y condeno a José , como autor de un delito de lesiones, previsto y penado en el art. 147.1 y 2, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de arresto de doce fines de semana, y a Carlos Francisco , como autor responsable de una falta de lesiones, prevista y penada en el art. 617.1, a la pena de arresto de tres fines de semana, y debo absolver y absuelvo a José de la falta de lesiones de la que también venía acusado, y a Gerardo , Alberto y Jose Daniel de las faltas de lesiones y amenazas de que venían acusados, imponiendo las costas en la forma que se detalla en el Fundamento jurídico cuarto, y declarando de oficio tres quintas partes".
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por larepresentación de José y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y Fallo, quedando visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D. FERNANDO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA, quien expresa el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
Se acepta la declaración de hechos probados de la Sentencia apelada, que dicen así,
"El pasado día 11 de abril de 1.999, sobre las 5,45 horas, los acusados Alberto , Gerardo y Jose Daniel , se acercaron a la puerta de la Discoteca KM, situada en la Punta de San Felipe, de la localidad de Cádiz, con intención de entrar, para lo que alegaron tener que hablar con el disc jockey, negándose a permitirles la entrada, o, al menos, a todos ellos, el portero, también acusado, Carlos Francisco , entablándose una discusión entre éste y los primeramente citados, sin que ninguna parte convenciera a la otra de sus argumentos, por lo que Carlos Francisco , a fin de dejar libre la puerta, comenzó a empujar hacia fuera a las otras tres personas, momento en el que intervino el otro portero, también coimputado, José
, quien, sin mediar palabra, propinó un puñetazo a Gerardo .
Como consecuencia de la reacción del grupo ante el puñetazo sufrido por Gerardo , ambas partes se enzarzaron en palabras y empujones, llegando Carlos Francisco a dar una patada a Alberto , y sin que se hayan podido determinar los autores de las lesiones sufridas por Jose Daniel y José .
De la pelea se siguieron los siguientes resultados:
-
Gerardo sufrió herida inciso-contusa sobre el labio, de la que curó sin secuelas, a los diez días, durante los cuales no estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales, precisando sutura quirúrgica.
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Jose Daniel sufrió contusión en antebrazo y rodilla derechos, de las que curó sin secuelas, a los ocho días, no estando incapacitado durante ninguno de ellos, y precisando solo la primera asistencia facultativa.
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Alberto sufrió contusión en...
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