AAP Sevilla 244/2008, 20 de Noviembre de 2008

PonenteRAFAEL MARQUEZ ROMERO
ECLIES:APSE:2008:2906A
Número de Recurso7274/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución244/2008
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla

PRADO DE SAN SEBASTIAN S/N

Tlf.: . Fax:

NIG: 4109137C20080000938

Nº Procedimiento:Recurso de Apelación Civil 7274/2008

Asunto: 200703/2008

Autos de: Incidentes 467/2008

Juzgado de origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº8 DE SEVILLA

Negociado:3C

Apelante: MINISTERIO FISCAL, Julián y CONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Procurador:

Abogado:

Apelado: CONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Procurador:

Abogado:

A U T O Nº244

TRIBUNAL QUE LO DICTA:Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla

ILMO SR PRESIDENTE: D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCÍA.

ILMO SR MAGISTRADO: D. RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

ILMO SR MAGISTRADO: D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ

SIENDO PONENTE ILMO SR: DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

LUGAR: SEVILLA

FECHA: veinte de noviembre de dos mil ocho

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado de Junta de Andalucia en nombre y representación de CONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL, se ha presentado en este Tribunal, escrito interponiendo recurso de queja contra resoluciones auto de fecha 30 de Septiembre de 2008, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: " No ha lugar a reponer el auto de fecha 15/09/08 que denegó tener pro preparado recurso de apelación contra la sentencia dictada ne este proceso de fecha 30/06/08, cuyo auto se confirme".Se acompañaba al escrito de queja testimonio de las resoluciones denegatorias de la apelación, que había sido entregado a la parte el día .

SEGUNDO

Habiéndose presentado la queja junto con el testimonio dentro de plazo, se admitió a trámite el recurso, quedando pendiente de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Auto de 15 de Septiembre de 2008 declaraba no haber lugar a admitir el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 30 de Junio de 2008, por considerarlo extemporáneo al haber transcurrido el plazo legalmente establecido desde la notificación de la sentencia el día 15 de Julio de 2007

. Sin embargo ha de tenerse en consideración que la sentencia fue notificada a la Junta de Andalucía el día 15 de Julio de 2008, en el Registro Auxiliar de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Igualdad de la Junta de Andalucía, que remitió la sentencia al Gabinete Jurídico en el que se recibió el día 5 de Julio de 2008, y como ha declarado con...

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