SAP Madrid 357/2009, 10 de Julio de 2009

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2009:7878
Número de Recurso548/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución357/2009
Fecha de Resolución10 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

SENTENCIA: 00357/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO

RECURSO DE APELACIÓN 548/2008

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE

En Madrid, a diez de julio de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº. 116/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 1 de Navalcarnero, a los que ha correspondido el Rollo nº. 548/2008, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante DON Juan Enrique , representado por la Procuradora Sra. Dª. Concepción Calvo Meijide; y de otra, como demandada y hoy apelada ACCESOS DE MADRID CONCESIONARIA ESPAÑOLA, S.A., representada por el Procurador Sr. D. Ignacio Melchor de Oruña; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO PONENTE EL ILMO. SR. MAGISTRADO EMÉRITO DON JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA

TORRE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº. 1 de Navalcarnero, en fecha trece de marzo de dos mil ocho, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de Don Juan Enrique , contra la mercantil ACCESOS MADRID C.E.S.A., AREA DE SERVICIO "LA ATALAYA" y CONDENAR a la misma a que abone la cantidad de 2.743 euros, más el interés legal del dinero desde la interposición de la demandahasta su completo pago, debiendo cada parte abonar sus costas y las comunes por mitad.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día nueve de julio del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a lo que a continuación se...

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