SAP Murcia 19/2001, 27 de Febrero de 2001

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2001:644
Número de Recurso2/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución19/2001
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº19

En la ciudad de Murcia, a veintisiete de febrero de dos mil uno.

Vista, en grado de apelación, por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia, seguida ante el mismo como Procedimiento Abreviado nº 18/00 -Rollo nº 2/2001-, por delito de falsedad contra Federico , nacido el 3 de julio de 1971, hijo de Íñigo y de Ángeles , natural y vecino de Cehegín (Murcia), con domicilio en calle DIRECCION000 nº NUM000 , sin antecedentes penales, de ignorada solvencia, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra. Pérez Haya y defendido por el Letrado Sr. Rodríguez Mederos, siendo parte en esta alzada como apelante la Acusación Particular en nombre de Lina , representada por la Procuradora Sra. Hernández Morales y defendida por el Letrado Sr. Ciudad González, y como apelados el acusado y el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En dicha causa dictó el Juzgado sentencia de fecha 7 de octubre de 2000, la cual establece como probados los siguientes hechos: "Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del Juicio Oral, expresa y terminantemente se declara probado que: El acusado Federico , de 27 años de edad, sin antecedentes penales y Lina , montaron en la localidad de Cehegín un negocio de fontanería y comercio de menaje y ferretería. El negocio fue dado de alta fiscal el día 11 de junio de 1995 a nombre de ella. La pareja contrajo matrimonio en régimen de gananciales el día 23 de diciembre de 1995. Desde el principio y hasta finales del año 1996 en que nació una hija del matrimonio, ella llevaba la tienda que abrieron en Carretera de DIRECCION001 nº NUM001 de Cehegín. El por su parte se dedicaba a los trabajos de instalador de fontanería. Cuando la esposa abandonó la tienda para dar a luz a su hija se dedicó desde entonces a labores domésticas, encargándose desde entonces el marido también de esta actividad. A principios de 1997, trasladaron la tienda a la calle DIRECCION002 , arrendando un local para ello. Tanto cuando ambos estaban activos como después, cuando la esposa dejó el negocio íntegramente en manos del esposo, este simuló la firma de la esposa en gran cantidad de documentos oficiales, mercantiles y privados, en general en todos aquellos que eran necesarios para el desenvolvimiento diario y ordinario del negocio como altas y bajas en IAE, cambios de domicilio fiscal, ceses y modificaciones en epígrafes fiscales, contratos laborales,contrato de arrendamiento de local de la DIRECCION002 , diversas letras de cambio en que estampó la firma de su esposa en el acepto, varios pagarés al portador librados contra la cuenta del negocio abierta en BBV y Caja postal de Cehegín. En particular también hizo entrega a la mercantil Vera Meseguer de dos pagarés de BBV, por 1.374.254 y 1.341.815 Pesetas, librados el 11 y 30 de octubre de 1996, un pagaré de Caja Postal...

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