SAP Barcelona 181/2009, 19 de Marzo de 2009

PonenteJUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
ECLIES:APB:2009:2086
Número de Recurso586/2008
Número de Resolución181/2009
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

SENTENCIA Nº 181/09

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA Y GASTÓN

D. PAULINO RICO RAJO

D. AGUSTÍN VIGO MORANCHO

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de marzo de dos mil nueve

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación medidas definitivas, número 54/2007 seguidos por el Juzgado Instrucción 4 Mataró.Exclusivo violencia sobre la mujer, a instancia de D. Valeriano representado por la Procuradora Dª Laura de Manuel Tomás y dirigido por el Letrado D. Antoni Valls i Pau, contra Dª. Amanda representada por la Procuradora Dª Silvia García Vigne y dirigido por el Letrado D. Julián Suárez-Inclán Gómez; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de febrero de 2008, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMO PARCIALMENTE la demanda de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE SEPARACIÓN interpuesta por la procuradora Anna María Terrades Cumalat, en nombre y representación de Valeriano contra Amanda

, en consecuencia,

- Declaro la EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS constituida en sentencia de separación a favor del hijo mayor del matrimonio, Efrén, dejándola sin efecto.

- Declaro la EXTINCIÓN DEL CONDOMINIO de la vivienda los titulares litigantes sita en C/DIRECCION000 NUM000 de Vilassar de Mar, que se efectuará en pública subasta teniendo en cuenta la limitación de tratarse de una vivienda de protección oficial por lo que deberá darse cuenta al Departament de Medi Ambient i Habitatge, Direcció General d'Habitatge de la Generalitat de Catalunya, para su participación en la misma o teniendo en cuenta el valor de tasación fijado por el mencionado organismo, salvo pacto previo entre las partes al respecto, la cual se efectuará en ejecución de sentencia a petición de cualquiera de los litigantes, con su reparto del saldo obtenido de la venta al 50% entre los propietarios.

- Declaro la EXTINCIÓN DEL DERECHO DE USO de la vivienda constituida por sentencia de separación a favor de Amanda , quedando definitivamente extinguido en el momento de la enajenación de la finca, salvo pacto entre las partes al respecto.

- No procede ningún otro de los pronunciamientos solicitados.

- Sin costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 12 de febrero de 2009.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección Magistrado D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA Y GASTÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no sean modificados por los contenidos en la Presente resolución, y;

PRIMERO

La sentencia del proceso de modificación de medidas definitivas de separación, matrimonial, iniciado en virtud de demanda interpuesta por D. Valeriano , frente a Doña Amanda , estimó tan solo en parte las pretensiones del accionante, al declarar la extinción de la pensión de alimentos del hijo del matrimonio Efrén, además de pronunciarse sobre el cese de la situación de condominio sobre la vivienda familiar, de propiedad de ambos litigantes, mediante pública subasta y teniéndose en cuenta la limitación derivada de constituir vivienda de protección oficial, por lo que deberá darse cuenta al Departamento de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Cataluña, para su participación en la misma o teniendo en cuenta el valor de tasación fijado por el mencionado organismo, salvo pacto previo entre las partes al respecto, la cual se llevará a cabo en fase de ejecución de sentencia, a petición de cualquiera de las litigantes, con reparto del saldo obtenido de la venta al 50% entre los propietarios.

Finalmente declaró la sentencia de la primera instancia, la extinción del derecho del uso de la vivienda familiar en favor de la demandada, que venía ostentando desde la causa de la separación, tomando efectos tal cese de su utilización desde el momento de la enajenación de la finca, salvo pacto entre las partes.

La citada sentencia, que puso fin a la relación jurídico procesal, ha sido recurrida en apelación por ambas partes litigantes. El demandante D. Valeriano postula en su recurso que el cese de la atribución del uso de la vivienda familiar, constituido en favor de la esposa, se determine desde la sentencia apelada, es decir que no se posponga hasta el momento de la enajenación de la finca.

Por su parte la demandada Dña. Amanda solicita en la formulación de su recurso de apelación la apreciación del instituto del abuso del derecho, alegado por la misma en la fase de la contestación a la demanda, en el caso de adjudicarse la finca urbana constitutiva del domicilio familiar, en favor del demandante, con pago de la mitad de su tasación de vivienda de protección oficial a la demandada, sin atender al precio de mercado que tendría en el momento de su descalificación.

En base a tal consideración postula se supedite la acción de división del inmueble al...

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