SAP Barcelona 381/2009, 22 de Septiembre de 2009

PonenteMARIA DOLORES PORTELLA LLUCH
ECLIES:APB:2009:9031
Número de Recurso314/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución381/2009
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 314/08

Procedente del procedimiento nº 741/07 Juicio ordinario

Tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 314/08

interpuesto contra la sentencia dictada el día 14 de febrero de 2008 en el procedimiento nº 741/07 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 44 de

Barcelona en el que son recurrentes COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/. DIRECCION000 Nº NUM000 DE BARCELONA, y apelados OVIDIO RODRIGUEZ Y

ASOCIADOS, S.L. y DÑA. Frida , previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

SENTENCIA

Barcelona, 22 de septiembre de 2009

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que ESTIMANDO íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dña. Carmen Fuentes Millán, en nombre y representación de Dña. Frida y la entidad OVIDIO RODRIGUEZ Y ASOCIADOS S.L., declaro nulo el acuerdo que publica el Acta de la junta de la Comunidad de Propietarios demandada celebrada el día 2 de mayo de 2007 sobre renovación de cargo de secretario-administrador en la persona de D. Luis Angel , declaro que en dicha Junta se tomó el acuerdo de no renovar y cesar en el cargo de secretario-administrador de la comunidad a D. Luis Angel y condeno a la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 de Barcelona a pasar por tales declaraciones y ello con expresa imposición a la parte demandada de todas las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dña. Frida y la entidad Ovidio Rodríguez y Asociados SL instaron demanda de impugnación del acuerdo comunitario adoptado en junta de 2 de mayo de 2007 que acordó renovar en su cargo al secretario administrador D. Luis Angel , y se declare que, en cambio, se tomó el acuerdo de no renovarle en el cargo.

El juzgador de instancia centra adecuadamente el debate al reseñar que en el presente pleito se plantean dos cuestiones: 1) la aplicación del artículo 553-25 del Codi civil de Catalunya a la junta de 2 de mayo de 2007 relativa a la renovación del cargo de administrador, y 2) la existencia de abuso de derecho en la aplicación de dicho precepto, dictando resolución que estima la aplicación del precepto...

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