SAP Barcelona 451/2008, 25 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2008:9599
Número de Recurso82/2008
Número de Resolución451/2008
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Nº 451/08

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. AMELIA MATEO MARCO

Dª. MARÍA SANAHUJA BUENAVENTURA

En la ciuydad de Barcelona, a veinticinco de septiembre de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 410/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

13 Barcelona, a instancia de D. Luis Alberto , contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CASA SITA EN AVDA. DIRECCION000 NUM000 DE BARCELONA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de octubre de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimándose la excepción de falta de legitimación activa planteada por la demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA FINCA SITA EN LA AVENIDA DIRECCION000 n. NUM000 de BARCELONA, DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO TOTALMENTE la demanda interpuesta por el procurador Don Joan Grau Marti, en representación de DON Luis Alberto contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA FINCA SITA EN LA AVENIDA DIRECCION000 n. NUM000 DE BARCELONA sobre declaración de nulidad de la Junta General Ordinaria y sus acuerdos adoptados el día 8 de Febrero de 2007, sin expresa condena en costas para ninguna de las partes, así que cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones aesta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 12 de septiembre 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Mediante la presente litis D. Luis Alberto actuando en nombre y representación de su padre D. Domingo impugna acuerdos de la Junta Ordinaria de la Comunidad de Propietarios de la C/ DIRECCION000 n. NUM000 de Barcelona celebrada el dia 8 de febrero de 2007 e interesa lº.- La nulidad de los acuerdos al haber sido adoptados de forma contraria a la ley como consecuencia de privación del derecho de voto y 2º subsidiariamente que se declare la validez del voto. La comunidad demandada opone la falta de legitimación activa e interesa la desestimación de la demanda. Por la resolución de primer grado desestimando la excepción alegada por la demandada desestima también las pretensiones del escrito inicial. Frente a semejante pronunciamiento se alza el actor que en síntesis reproduce sus pretensiones. También recurre la demandada, si bien vía indirecta o impugnación reproduciendo la falta de legitimación activa.

TERCERO

El razonamiento de primer grado determinante de la desestimación de la demanda reza en lo menester: "Entiende esta juzgadora que la representación conferida a un tercero también debe ser expresa, ya que reflejandose en la Ley 5/2006, de 10 de Mayo el acierto de denominar con propiedad las distintas formas en las que se puede comparecer y votar en las juntas de propietarios debemos entender que se debería exigir en la representación a terceros que el escrito sea específico y concreto para la junta convocada al igual que lo exige el apartado 3º...

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