SAP Barcelona 463/2009, 29 de Septiembre de 2009

PonenteJORDI SEGUI PUNTAS
ECLIES:APB:2009:9320
Número de Recurso338/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución463/2009
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA Nº 463/2009

Ilmos. Sres.

D. AGUSTIN FERRER BARRIENDOS

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de septiembre de dos mil nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 714/2007, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Barcelona, a instancia de J & A GARRIGUES, S.L.,representada por la Procuradora Dª Montserrat Llinás Vila y dirigida por la Letrada Dª Mª Teresa Cuberta Llobet, contra Dª. Penélope , representada por el Procurador

D. Ildefonso Lago Pérez y dirigida por la Letrada Dª Cristina Chueca Josa; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de enero de 2008, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por J & A GARRIGUES, S.L., representada por la Procuradora Sra. Llinás, frente a Doña Penélope , representada por el Procurador Sr. Lago, debo de condenar y condeno a dicha demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.886,01 sin perjuicio del artículo 576 Ley de Enjuiciamiento Civil , con imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 3 de septiembre de 2009.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo la del término para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JORDI SEGUÍ PUNTAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento del litigio en primera y segunda instancia.

El bufete de abogados J&A Garrigues SL reclama de Penélope el pago de la factura de honorarios emitida en fecha 21 de septiembre de 2005 después de que Gervasio , abogado integrante de ese bufete, completara el encargo recibido meses antes del Juzgado de 1ª Instancia número 15 de Barcelona para actuar como contador-partidor en el litigio de liquidación del régimen económico-matrimonial que enfrentaba a los ex cónyuges Luis Angel y Penélope .

La demandada cuestionó la legitimación activa de la sociedad demandante y también negó adeudar cantidad alguna a Garrigues por razones de fondo, habiendo recaído sentencia de primer grado que rechaza motivadamente cada una de las defensas de la parte demandada y acoge en su integridad la reclamación actora, intereses y costas incluidos.

Penélope se alza contra dicha condena dineraria.

SEGUNDO

Legitimación activa del bufete demandante.

La demandada no niega que haya de atender -a mitades con su ex esposo- el pago de los servicios prestados por Gervasio en su condición de perito- contador de designa judicial, ni tampoco cuestiona el derecho de éste a reclamarlos fuera de la tasación de costas de los autos 110/04. Lo que arguye Penélope es que tal retribución sólo puede ser reclamada por la persona física que prestara los servicios, no por el bufete profesional en el que está integrado como socio.

No podemos compartir la tesis de la recurrente, por los acertados razonamientos que se contienen en la sentencia impugnada.

Abundando en ellos, cabe subrayar que la integración del letrado Gervasio en un despacho colectivo acarrea por sí sola la cesión legal de crédito establecida en el artículo 28 del Estatuto General de la Abogacía, pudiendo entenderse además, a los efectos prevenidos en el apartado 4 de ese precepto, que el letrado Gervasio dejó tácita constancia de su condición de miembro del bufete Garrigues por el simple hecho de que la reunión con la señora Penélope se desarrollara en las dependencias barcelonesas de esa firma.

TERCERO

Falta de diligencia del contador-partidor.

Presupuesto que Gervasio debía desempeñarse con la diligencia adecuada a los cánones de profesionalidad propios de la específica función encomendada (contador-partidor de designa judicial en un procedimiento de liquidación de los bienes comunes derivados de un vínculo conyugal, que ya contaba con una determinación judicial firme del activo a repartir), es manifiesto que el expresado letrado no se produjo con el cuidado debido.

A tal fin, baste advertir que (1) confundió la valoración de dos de los inmuebles que componían al activo partible que figuraba en un informe pericial obrante en autos (intercambió los valores del local de la calle Sagrera 110-112 y de la casa de Olesa, lo que alteraba, en perjuicio de Luis Angel , las consiguientes compensaciones a metálico); (2) dejó de incluir, esta vez en perjuicio de Penélope , los pagos hechos por ésta durante las anualidades 1999-2000 de las cuotas de amortización de un préstamo concedido por Cahispa, a repercutir en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP Alicante 293/2013, 29 de Mayo de 2013
    • España
    • 29 Mayo 2013
    ...considerar suficientemente probada la legitimación de la demandante para accionar. En este mismo sentido, la SAP de Barcelona (Sección 16ª) nº 463/2009, de 29 de septiembre (rollo nº 338/2008 ; Pte. Ilmo. Sr. Seguí Puntas), que señala que "la integración del letrado Gervasio en un despacho ......
  • SAP Vizcaya 659/2015, 4 de Diciembre de 2015
    • España
    • 4 Diciembre 2015
    ...la legitimación de la demandante para accionar. En este mismo sentido, existe doctrina jurisprudencial representada por la SAP de Barcelona de 29 de septiembre de 2009 y de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 30 de diciembre de 2011, que señala que la integración de un letrado en un de......
  • SAP Guadalajara 69/2012, 20 de Marzo de 2012
    • España
    • 20 Marzo 2012
    ...sino todo lo contrario un asesoramiento global y multidisciplinar realmente práctico. En este sentido la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 29 de septiembre de 2009 nos recuerda que en cuanto a la reclamación de honorarios hay legitimación activa en el bufete profesional e......
  • SAP Las Palmas 240/2023, 4 de Abril de 2023
    • España
    • Audiencia Provincial de Las Palmas, seccion 5 (civil)
    • 4 Abril 2023
    ...de 2015 (ROJ: SAP BI 2372/2015-ECLI:ES:APBI:2015:2372) cuando dice que existe doctrina jurisprudencial representada por la SAP de Barcelona de 29 de septiembre de 2009 y de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 30 de diciembre de 2011, que señala que la integración de un letrado en un de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR