SAP Cuenca 229/2009, 30 de Septiembre de 2009

PonenteERNESTO CASADO DELGADO
ECLIES:APCU:2009:412
Número de Recurso187/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución229/2009
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

SENTENCIA: 00229/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Iltmos. Sres:

Presidente Acctal:

Sr. Puente Segura

Magistrados :

Sr. ERNESTO CASADO Delgado

Sra. Vicente de Gregorio

Apelación Civil Rollo nº 187/2009

Juicio Ordinario nº 415/2007

Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de San Clemente

SENTENCIA num. 229/2009

En la Cuenca, a treinta de septiembre de dos mil nueve.

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 415/2007 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Clemente y su Partido, seguidos a instancia de D. Abel , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana Belén Molero Ortiz y asistido por el Letrado D. José Antonio Collada Pacheco, contra SOCIEDAD COOPERATIVA QUESERA MANCHEGA "SANTA CRUZ", representada por el Procurador de los Tribunales D. Eduardo Saúl Jareño Ruiz y asistida por el Letrado D. Juan Antonio Martínez Fernández , y con intervención provocada de la entidad IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA, S.L, representada por el Procurador de los Tribunales

D. Francisco Sánchez Chacón y asistida por el Letrado D. Julio García Bueno, sobre acción declarativa de dominio y negatoria de servidumbre de tendido eléctrico; en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Abel contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha dos de marzo de dos mil nueve, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ERNESTO CASADO Delgado, Magistrado de estaAudiencia Provincial.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los autos indicados al margen por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de San Clemente y su Partido se dictó, en el procedimiento referenciado, sentencia de fecha dos de marzo de dos mil nueve , cuyo Fallo es del siguiente tenor:

" Desestimo íntegramente la demanda presentada pro Abel , representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Molero y asistido del Letrado José Antonio Collado Pacheco, contra la COOPERATIVA QUESERA "SANTA CRUZ", representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Jareño y defendida por el Letrado Sr. Juan Antonio Martínez, y contra IBERDROLA, defendida por el Letrado Sr. Julio García Bueno y representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Chacón, en ejercicio de acción declarativa de dominio y negatoria de servidumbre. Impongo las costas procesales causadas en esta instancia a la parte actora, parte demandante en este procedimiento".

Segundo

Notificada la anterior resolución a las partes, Dª. Ana Belén Molero Ortiz, Procuradora de los Tribunales y de D. Abel , preparó e interpuso contra la misma recurso de apelación en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó Suplicando al Juzgado para la Sala dicte en su día sentencia por la que, revocando la apelada en todos sus extremos, se acceda a los pedimentos formulados por esta parte en el escrito de demanda.

Tercero

Admitido a trámite el recurso de apelación y conferido traslado del escrito de interposición a la contraparte, por la representación procesal de Cooperativa Quesera "Santa Cruz" y de la entidad Iberdrola se presentaron sendos escritos de oposición al recurso deducido de contrario en los que interesaron la íntegra confirmación de la resolución recurrida.

Cuarto

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, asignándole el número 187/2009 , turnándose ponencia al Magistrado Ilmo. Sr. D. ERNESTO CASADO Delgado y se señaló el siguiente día veintinueve de septiembre de dos mil nueve para deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia que se revisa en estos trámites, que habrán de tenerse por íntegramente reproducidos.

Primero

Se ejercitan en la demanda rectora dos acciones: a) declarativa de dominio, b) negatoria de servidumbre de tendido eléctrico frente a la " Cooperativa Quesera Santa Cruz". La entidad demandada solicita la intervención en el procedimiento de Iberdrola dado que, según la Cooperativa, la compañía eléctrica es la propietaria del cableado que sobrevuela la finca de la parte actora, a lo que se accede por el órgano judicial y tras el desarrollo del procedimiento se dicta sentencia por la que se desestima la demanda rectora dado que la actora no ha acreditado el dominio de la finca sobre la que sobrevuelan los cables, afirmándose en el segundo de los razonamientos jurídicos que, en todo caso, la servidumbre de tendido eléctrico se habría adquirido por prescripción de veinte años - ex art. 537 del Código Civil.

Segundo

Se alza la parte actora,...

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