SAP Zaragoza 570/2008, 27 de Octubre de 2008
Ponente | MARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ |
ECLI | ES:APZ:2008:3123 |
Número de Recurso | 356/2008 |
Número de Resolución | 570/2008 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NÚMERO QUINIENTOS SETENTA
Ilmos. Sres. Magistrados
Presidente:
D. Juan Ignacio Medrano Sánchez
Magistrados:
D. Eduardo Navarro Peña
Dª Mª Jesús De Gracia Muñoz
En Zaragoza, a veintisiete de octubre de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de JUICIO VERBAL 0001412 /2007, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 9 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo 0000356/2008, en los que aparece como parte apelante, ESTRUCTURAS LORENTE, S.L., representada por el Procurador D. PABLO LUIS MARIN NEBRA, y como apelada, EUROMUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador
D. JUAN CARLOS JIMÉNEZ GIMÉNEZ, y asimismo apelada, ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L., representada por el Pocurador D. ALBERTO JAVIER BOZAL CORTÉS, siendo Magistrado/s Ponente el Ilmo. Sr. D./Dª Dª Mª Jesús De Gracia Muñoz.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 9 de ZARAGOZA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 22 de abril de 2.008, cuya parte dispositiva dice: "Desestimo la demanda deducida por "Euromutua" respecto a "Endesa Distribución Eléctrica S.L." a quien absuelvo de los pedimentos deducidos en su contra, y la estimo respecto a "Estructuras Lorente S.L.", a quien condeno a pagar a la actora la cantidad de 950,60 euros, más intereses legales desde la demanda y las costas causadas por esta acción, sin especial pronunciamiento de las costas restantes".TERCERO.- Notificada dicha resolución a las partes, por ESTRUCTURAS LORENTE, S.L. se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio el día 21 de julio de 2.008 a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para discusión y votación el día 21 de octubre de
2.008, en que tuvo lugar.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
El día 4 de julio de 2.006 la sociedad constructora demandada se encontraba realizando obras de excavación en determinado lugar para hacer una obra de nueva construcción, seccionando un cable eléctrico de alta tensión de propiedad de Erz Endesa. Ese mismo día se produjo un corte de suministro eléctrico en la vivienda propiedad de Don Raúl , que tenia concertada una póliza de seguro de hogar con la entidad actora. Esta pagó a su asegurado determinada cantidad por los daños que entendió se habían producido a consecuencia de ese siniestro y en la vivienda mencionada. La constructora demandada pagó a Erz los daños producidos en sus instalaciones.
La entidad de seguros actora reclama la cantidad pagada a su asegurado en base a los arts 1.902 y 1.903 CC a Endesa y a la sociedad que llevó a cabo los trabajos de excavación.
La parte demandada, Endesa, se opuso a la demanda alegando que no tiene responsabilidad en el siniestro al entender que se debió a la empresa que hacia la excavación.. Asimismo, añadió que no había incumplimiento contractual respecto al dueño de...
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