SAP Barcelona 423/2009, 5 de Junio de 2009

PonenteMARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ
ECLIES:APB:2009:6492
Número de Recurso890/2008
Número de Resolución423/2009
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA N. 423/2009

Barcelona, cinco de junio de dos mil nueve

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez

Mª Carmen Vidal Martínez (Ponente)

Aurora Figueras Izquierdo

Rollo n.: 890/2008

Juicio Verbal n.: 450/2008

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 33 de Barcelona

Objeto del juicio: reclamación de indemnización pagada al asegurado por daños derivados de anomalía en suministro de energía eléctrica

Motivo del recurso: infracción artículos 1089 y 1091 Código civil y de la Ley 54/2997 del Sector Eléctrico y su Reglamento (responsabilidad de las distribuidoras,

no de las comercializadoras)

Apelante: E.O.N. Energía S.L.

Abogado: D. Estany Sánchez

Procurador: C. Montero Reiter

Apelado: E.O.N. Energía S.L.

Abogado: A. Orradre i Pi

Procurador: L.A. Pérez de Olaguer Moreno

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 14 de abril de 2008 la parte actora presentó demanda en la que solicitaba que "habiendo por presentado este escrito, junto con sus copias y los documentos que al mismo acompañan, lo admita, y, ensu mérito, previa inserción a los autos por copia concordada con devolución del original de la escritura de poder acompañada, tenga por interpuesta demandad de juicio verbal en interés de MUTUA GENERAL DE SEGUROS, contra la ENELVIESGO ENERGIA, en reclamación de la suma total de novecientos noventa y cuatro euros con noventa y seis céntimos (994,96 E), y seguido que sea el juicio en todos sus trámites, dicte Sentencia por la que se estime íntegra la demanda y se condene a la demandada a indemnizar a mi representada en la íntegra suma reclamada, más las costas, así como los intereses desde la primera reclamación extrajudicial 19/5/2006."

    La parte demandada contesta y opone la excepción de falta de legitimación pasiva ad causam. Sostiene que es una mera comercializadora y no distribuidora. También niega que se produjera cortes en el suministro eléctrico.

    La sentencia recurrida, de fecha 2 de julio de 2008 contiene la parte dispositiva del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Don Luis Alfonso Pérez De Oleguer Moreno en representación de MUTUA GENERAL DE SEGUROS, debo condenar y condeno a la entidad demandada ENELVIESGO ENERGIA, S.L., a pagar a la entidad demandante la cantidad de novecientos noventa y cuatro euros y noventa y seis céntimos (994,96 Euros), así como los intereses legales de esta cantidad desde la fecha de la presentación de la demanda y costas originadas en el presente juicio."

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    El recurrente argumenta que no cabe exigirle responsabilidad toda vez que se limita a desarrollar actividades de comercialización y que el artículo 45 de la Ley del sector eléctrico obliga a las empresas distribuidoras a asegurar el nivel de calidad del servicio.

    El apelado se opone y coincide con la argumentación contenida en la sentencia apelada.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto presenta diligencia de reparto de fecha 12 de noviembre de 2008. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala fue señalada para el día 4 de junio de 2009 . Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, circunstancia que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de...

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