SAP Huesca 114/2009, 22 de Junio de 2009

PonenteJOSE TOMAS GARCIA CASTILLO
ECLIES:APHU:2009:234
Número de Recurso286/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2009
Fecha de Resolución22 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

SENTENCIA: 00114/2009

Apelación Civil 286/2008

S220609.2J

Sentencia Apelación Civil Número 114

PRESIDENTE

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

MAGISTRADOS

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a veintidós de junio del año dos mil nueve.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Cambiario seguidos bajo el número 64/08 ante el Juzgado de Primera Instancia de Boltaña, que fueron promovidos por Comercial Rayba S.L., defendida por el Letrado Sr. Torrente Ríos y representada en esta alzada por el Procurador Sr. Laguarta Recaj, contra Adelina , defendida por el Letrado Sr. Funes Monge y representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Maurel Boira. Se hallan dichos autos pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 286 del año 2008 e interpuesto por la demandada Adelina . Es Ponente de esta Sentencia el Magistrado don JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó el día dieciséis de junio de dos mil ocho la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: Que desestimando la oposición planteada por la representación procesal de Doña Adelina debo declarar y declaro que se continúe adelante con el despacho de la ejecución contra los bienes de la misma hasta hacer completo pago a la entidad Comercial Rayba S.L. de la cantidad seis mil setecientos treinta y tres euros con dos céntimos de euro (6.733,02 euros) en concepto de principaladeudado y gastos de devolución, cantidad en concepto de principal que se incrementará con los intereses previstos y fijados desde la fecha del vencimiento del pagaré, 30 de septiembre de 2007, hasta su completo pago. Se imponen las costas del proceso a Doña Adelina ".

TERCERO

Contra la anterior Sentencia, la demandada Adelina anunció recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante para que lo interpusiera, lo cual efectuó dicha parte en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó que, con estimación de su oposición, se declarase la nulidad del título o, subsidiariamente, que se denegase la ejecución con base en la excepción personal entre librado y librado y, en todo caso, que se deje sin efecto la condena en costas en primera instancia. A continuación, el Juzgado dio traslado a la demandante Comercial Rayba S.L. para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable, en cuyo trámite dicha parte apelada formuló en tiempo y forma escrito de oposición para interesar la desestimación del recurso.

CUARTO

Seguidamente, el Juzgado emplazó a las partes y remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 286/2008. Personadas las partes ante esta Audiencia, y no habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista por ninguna de ellas, la Sala acordó en su día que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, para lo que se señaló el pasado día diecisiete de los corrientes. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales debido a...

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