SAP A Coruña 272/2009, 19 de Junio de 2009
Ponente | JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA |
ECLI | ES:APC:2009:1755 |
Número de Recurso | 460/2008 |
Número de Resolución | 272/2009 |
Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00272/2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 460/2008
SENTENCIA
NÚM ...
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN 3ª, ILMOS. SRES.
DON JUAN ÁNGEL RODRÍGUEZ CARDAMA, PTE.
DOÑA MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA
DON RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA
En A Coruña, a diecinueve de junio de dos mil nueve.
Vistos por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de incapacidad núm. 868/2007 que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de A Coruña, en los que es parte apelante, DOÑA María del Pilar , representada por la Procuradora doña Amalia Mosquera Herrero, bajo la dirección del Abogado don José María Padín Viaño; y como apelado, el Ministerio Fiscal; versando la apelación sobre declaración de incapacidad de doña María del Pilar y nombramiento de tutor a la FUNGA.
Aceptando los de la sentencia apelada de fecha trece de marzo de dos mil ocho, dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de A Coruña , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por el Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro a todos los efectos procedentes en derecho que Dña. María del Pilar es totalmente incapaz para gobernarse por si misma y administrar sus bienes, privándole asimismo del derecho de sufragio activo, debiendo quedar sometida a un régimen de tutela de la FUNGA, a quien se exigirá juramente una vez acepte el cargo, se le releva de prestar fianza y deberá formar inventario en los 60 días siguientes a la aceptación y rendir cuentas anualmente al Juzgado sobre la situación personal y patrimonial de la incapaz".PRIMERO.- Interpuesta la apelación por doña María del Pilar , y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso la Procuradora doña Amalia Mosquera Herrero.
Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 17 de septiembre de 2.008 , se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo y designando ponente. Se personó en esta alzada la Procuradora doña Amalia Mosquera Herrero en nombre y representación de doña María del Pilar , en calidad de apelante. Se tuvo por personada a la mencionada, en la representación que acreditaba y con la preceptiva intervención del Ministerio Fiscal, en concepto de apelado, quedando los autos pendientes de dictar la resolución procedente en relación a la práctica de la prueba en segunda instancia. Por auto de 02 de abril de 2.009 se acordó oír a doña Noemi designada tutora por la incapaz, señalándose al efecto el día 29-04-09, a las 11 horas; así como recabar informe de los Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de A Coruña, sobre el estado en que se encuentra la incapaz doña María del Pilar y si se le prestan por su cuidadora, los servicios asistenciales adecuados. Por proveído de fecha 14-05-09 y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 759-2 y 752 de la LEC ., se acordó oír y examinar a la incapaz Sra. María del Pilar , señalándose al efecto el día 28-05-09, sin intervención de ninguna de las partes.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don JUAN ÁNGEL...
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Los supuestos de hecho a los que es aplicable el artículo 239.3 del Código civil
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