SAP A Coruña 299/2009, 2 de Julio de 2009

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2009:1966
Número de Recurso704/2008
Número de Resolución299/2009
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA: 00299/2009

ROLLO RECURSO DE APELACIÓN Nº 704/2008

SENTENCIA

NÚM..

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA

DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA

D. RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO GARCIA

-------------------------------------------En A CORUÑA, a dos de Julio de dos mil nueve.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Nº 344/08, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 10 DE A CORUÑA, en los que es parte como APELANTE: Dª Sagrario , representada por el/a Procurador/a Sra. GRAÍÑO ORDÓÑEZ y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. RODRÍGUEZ ARIAS; y de otra como APELADO:

D. Maximo , representado por el/a Procurador/a Sr. LÓPEZ VALCÁRCEL y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. NOCHE CENDÓN; versando los autos sobre Modificación de Medidas.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 3 DE JULIO DE 2008, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de A Coruña , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que debo acordar la desestimación de la demanda de modificación de medidas planteada por la representación procesal de Doña Sagrario , absolviendo al demandado de las pretensiones deducidas de adverso, acordando que cada parte pague sus costas procesales siendo las comunes por mitad".PRIMERO.- Interpuesta la apelación por Dña. Sagrario , y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sra. Graíño Ordóñez.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 15 de enero de 2009 se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personaron en esta alzada la Procuradora Sra. Graíño Ordóñez, en nombre y representación de Dña. Sagrario , en calidad de apelante y el Procurador Sr. López Valcárcel, en nombre y representación de D. Maximo , en calidad de apelado. Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 22 de Abril de 2009, se señaló para votación y fallo el día 30 de Junio de 2009.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

SIENDO PONENTE el Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan lo que a continuación se expone.

PRIMERO

Contra la sentencia dictada en la instancia que concluye con la desestimación de las pretensiones formuladas en la demanda, se alza la parte actora-recurrente manifestando la indebida aplicación de los preceptos legales en que ha incurrido la resolución apelada así como la indebida aplicación de los medios de prueba, solicitando sea estimado el recurso y revocada la sentencia, acordándose que la pensión compensatoria pase a tener duración indefinida o, subsidiariamente una duración no inferior a cinco años.

SEGUNDO

Para resolver la cuestión litigiosa aquí planteada, ha de tenerse presente que: la alteración de circunstancias para ser tenidas en cuenta ha de revestir una seria de requisitos exigidos por...

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